06 ago. 2025

Confirman condena para ex policía que violó varias veces a su hijastra

La Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Ciudad del Este confirmó la condena de 10 años de prisión para un ex policía que violó en reiteradas ocasiones a su hijastra.

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La ley vigente en Argentina apunta a aliviar la superpoblación carcelaria.

Foto referencial: contextodiario.com.

Tras la decisión del Tribunal integrado por los camaristas Juliana Giménez, Graciela Ortiz y Efrén Giménez, el condenado deberá regresar a prisión.

El hombre fue condenado por coacción sexual, violación y abuso sexual en niños. El ex policía fue condenado en primera instancia el 12 de agosto del año 2019.

La decisión de los jueces Evangelina Villalba, Óscar Genes y Alba Meza, fue apelada por sus abogados Alejandro Molinas y Silvio Duarte.

El condenado fue beneficiado con el levantamiento de la prisión ordenada por la 2ª Sala de la Cámara de Apelaciones, que revocó la medida de los jueces de Sentencia, debido a un aparente error en la transcripción de la sentencia.

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Los antecedentes revelan que el condenado había violado a su hijastra en varias ocasiones desde que tenía 9 años hasta los 12 años de edad. El hecho se había descubierto luego de que la víctima comentara el hecho a su profesora en el año 2015.

La víctima se encontraba entonces a cargo de su madre, cuya nueva pareja la estuvo sometiendo bajo amenazas, incluso de arma de fuego, conforme a los antecedentes que saltaron durante el juicio oral y público. El padre asumió la denuncia penal y los datos fueron confirmados en una entrevista en la cámara Gesell

El caso había desembocado en la suspensión de los camaristas Isidro González, Aniceto Amarilla y Miryan Meza de López, quienes le habían levantado la prisión preventiva porque ya estuvo 6 años en prisión preventiva, entre la cárcel y su domicilio.

Lee más: Señales que despiertan sospechas de abuso sexual en menores

El padre de la menor elevó una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados donde el caso está en autos de sentencia.

El nombre del condenado y de la menor se omiten en cumplimiento del Código de la Niñez, que impide la publicación de datos que permitan identificar a menores en situación de vulnerabilidad.

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