La presentación la hizo el mismo Arnoldo Wiens Durksen, bajo patrocinio del abogado Sergio Coscia, quien recusa al juez basado en el artículo 50, inciso 13 del Código Procesal Penal, sobre falta de independencia y parcialidad.
En su recusación señala que no se funda “en el solo hecho de que las decisiones adoptadas por el magistrado hayan resultado desfavorables a mi posición procesal, ni pretende utilizar el instituto de la recusación como un mecanismo alternativo para revisar resoluciones judiciales”.
“Lo que motiva mi planteamiento es la secuencia objetiva de actuaciones procesales desplegadas por el magistrado, las cuales, consideradas en su conjunto, generan en mi persona una duda razonable respecto de la necesaria imparcialidad y distancia que debe mantener el órgano jurisdiccional frente a las posiciones de las partes”, afirma.
“Lo que cuestiono es que, a partir de una sucesión concreta de decisiones, el Juzgado haya estructurado el procedimiento sobre la base de la continuidad de la acusación y de la prosecución del proceso, aun cuando se encontraba pendiente de resolución una excepción de extinción de la acción penal que podía determinar precisamente lo contrario”, explica.
Cita que el 4 de agosto pasado su defensa promovió la excepción de falta de acción y excepción de extinción de la acción penal por prescripción.
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Luego, el 11 de agosto, los fiscales contestaron el traslado de la excepción, y en esa misma oportunidad, plantearon la acusación, cuando que el plazo vencía recién el 16 de agosto. También pidieron la abreviación de plazo.
Sin embargo, al momento de la acusación, no existía todavía la decisión judicial que hubiera concedido la abreviación.
Remarca que, finalmente, el juez luego rechaza las resoluciones, el mismo día en que tiene por presentada la acusación pendiente.
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Con estos argumentos, Wiens dice que existe una falta de independencia judicial y una parcialidad manifiesta hacia el Ministerio Público.
Con ello, pide que el juez de Delitos Económicos sea apartado de la causa. Otazú tiene ahora 24 horas para elevar el informe de la recusación al Tribunal de Alzada que debe resolver al respecto.
En el caso, según la acusación, el perjuicio patrimonial directo causado por Wiens en el caso Metrobús asciende a G. 14.955.317.035, que son la suma de los G. 8.030.693.029 aplicados a los trabajos ejecutados en cumplimiento del acta de entendimiento.
Esta suma fue utilizada para inutilizar parte de las obras integrantes para el funcionamiento del proyecto RU/BTR. Además están los G. 6.924.624.006 correspondientes al costo certificado de construcción de las seis estaciones destruidas.