15 jun. 2026

Orrego: Pérdida de investidura debe analizarse con criterios éticos y de responsabilidad política

El abogado penalista Roque Orrego sostuvo que, más allá de la presunción de inocencia, el Congreso debe considerar aspectos éticos y de imagen al evaluar una eventual pérdida de investidura de Erico Galeano. Cuestionó el “blindaje” político y afirmó que el caso expone un sistema de Justicia “altamente selectivo y discriminatorio”.

Presentación.  Roque Orrego y Stella Cacace presentaron el informe del Mecanismo.

Roque Orrego, abogado penalista.

Foto: Archivo

El abogado penalista Roque Orrego afirmó que la eventual pérdida de investidura del senador con permiso Erico Galeano no debe analizarse únicamente desde el punto de vista jurídico, sino también atendiendo a criterios éticos y de responsabilidad política.

Si bien reconoció que “la presunción de inocencia no está destruida” al no existir aún una sentencia firme, remarcó que “en un órgano político tan trascendente deben ser sopesados otros criterios: el aspecto ético y de imagen que genera responsabilidad política”.

“Creo que la pérdida de investidura y el voto por esa pérdida es una responsabilidad política que exige una mirada más general; además, exige firmeza y claridad apostando por el rechazo de todo lo que pueda crear dudas de que el Parlamento opta por no permitir que se dude de su transparencia y su opción por el derecho como órgano de gobierno del Estado. Debe desecharse cualquier duda de que el Parlamento no ampara la delincuencia”, aseveró.

Sostuvo que, más allá de que el senador conserve o no su investidura, “evidentemente lleva el acompañamiento de un enorme sector político de la sociedad”, aunque aclaró que ese factor no será determinante para la decisión de la Corte Suprema de Justicia.

A su criterio, la casación “va a ser resuelta por los mecanismos ordinarios previstos”, independientemente de la situación política del legislador. En ese sentido, insistió en que la eventual pérdida de investidura responde a “una decisión política con razones absolutamente políticas” y consideró que el caso debe llamar a una reflexión sobre la calidad de los representantes. “Una persona con este tipo de perfil, con este tipo de crítica ciudadana, hasta tenía que haberse retirado del Congreso y dar paso a otra gente, pero lastimosamente no es el posicionamiento”, expresó.

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En ese contexto, también cuestionó la decisión del Congreso de otorgar permiso a Galeano y al senador Hernán Rivas, al considerar que se trata de una decisión política con fundamentos meramente políticos. “Es lamentable el hecho de que se blinde a personas con procesos avanzados y condenas ratificadas en segunda instancia”, sostuvo.

Sobre Rivas, fue también crítico y habló de una gran desprolijidad del Parlamento. “No solamente el hecho de no tener un título, sino una persona sin experiencia profesional comprobada, ¿cómo va a estar ejerciendo como juez de jueces?”, cuestionó, agregando que incluso evidenciaba gravísimos problemas en la lectura de documentos. “Es bochornoso, una vergüenza para todo el país”, sentenció.

En cuanto a la situación judicial de Galeano, Orrego aclaró que “no existe una irregularidad jurídica, por ningún lado puede sostenerse eso” en la decisión de mantener las medidas alternativas a la prisión mientras se tramita el recurso de casación contra la resolución del Tribunal de Apelaciones.

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Explicó que el propio tribunal de sentencia dispuso dichas medidas y que deben mantenerse mientras se sustancia el recurso de casación. “Hasta que la casación no sea resuelta técnica y jurídicamente, esa sentencia no está firme”, enfatizó, por lo que lo vigente sigue siendo la medida cautelar.

No obstante, advirtió que el caso deja en evidencia el comportamiento del sistema de Justicia, que es “altamente selectivo y discriminatorio”. Señaló que, por lo general, ante condenas altas se aplica prisión preventiva, pese a que esta es excepcional conforme al artículo 19.

“Si una persona se está sometiendo al proceso y no varía su situación, está bien que se le mantengan las medidas alternativas. La pregunta es por qué no se hace eso en los otros casos”, cuestionó. En ese sentido, recordó que más del 70% de la población penitenciaria que está en prisión preventiva, son presos sin condena.

Para Orrego, lejos de demostrar una persecución, el caso evidencia que “no es el comportamiento ordinario del sistema cuando la persona no goza de poder”, concluyó.

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