11 ago. 2025

Alto Paraná: Fiscalía pide rebeldía de hombre imputado por violencia familiar

El Ministerio Público solicitó la rebeldía de un hombre que habría agredido a ex pareja y su hija adolescente, y además incumplió con una orden de alejamiento en Ciudad del Este, de Alto Paraná.

En auge. La violencia familiar es el delito en el que el coronavirus no hizo mayor efecto.

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Foto: Gentileza

La fiscala Liliana Denice Duarte pidió la rebeldía de un hombre que habría agredido físicamente a su ex concubina y a una hija de 15 años, tras atacarlas en su casa pese a una orden judicial que le prohibía acercarse al lugar.

El sospechoso, de 42 años, enfrenta un proceso por violencia familiar. El mismo, hasta el momento, se mantiene prófugo de la Justicia.

Según la investigación, el 9 de noviembre de 2020, a las 20.00 aproximadamente, el presunto agresor habría llegado en estado de ebriedad hasta la vivienda de su ex pareja, domiciliada en el barrio Dios Padre Misericordioso de la ciudad Presidente Franco, en el Departamento de Alto Paraná.

Seguidamente, el sujeto comenzó a maltratar de forma verbal a la mujer y luego, supuestamente, se apoderó de una manguera, con la cual golpeó a su hija, de 15 años.

Después de cometer la agresión, el encausado salió del lugar. Pero, el 6 de diciembre, a las 20.40, regresó a la casa y esta vez habría propinado golpes a su ex concubina, arrojándola contra la pared y ocasionándole lesiones en los brazos.

El sindicado transgredió una orden de alejamiento dispuesta por el Juzgado de Paz de la localidad para cometer el ilícito, según los datos.

Tras la denuncia, la agente fiscal Liliana Duarte ordenó varias diligencias investigativas en el marco de la presente causa y además llamó a prestar declaración indagatoria al presunto autor de la violencia intrafamiliar.

Sin embargo, el hombre se mostró renuente a someterse a los mandatos de la Justicia y a raíz de esta situación la representante del Ministerio Público lo imputó y requirió al Juzgado Penal de Garantías que declare su rebeldía y captura correspondiente.

Los nombres de las víctimas y el supuesto autor se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas o supuestos autores de hechos punibles.

Además, el artículo 9 de la Ley 5.777 de Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de violencia garantiza el respeto a la confidencialidad y la intimidad de la víctima, sin autorización de quien la padece.

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