En otro caso de delito bagatelario, un agente fiscal imputó a un hombre por un supuesto intento de hurto. El hecho se produjo el pasado 20 de junio, a eso de las 20:56, en el local de la firma Biggie, ubicado sobre las calles Teodoro S. Mongelós y 33 Orientales, de la ciudad de Asunción.
Según la imputación del fiscal Julio Paredes, César Marcelo Sosa Martínez, un vendedor de 22 años ingresó al local en la citada noche.
Después, explica el agente que el guardia de seguridad de la empresa “se percata de las intenciones del mismo, por lo que, en compañía del encargado del local, Gustavo Adolfo Núñez Santacruz, proceden a interceptar a dicha persona…"
Remarca que hallaron en su poder “un pedazo de carne (tapa cuadril Maminha da Alcatra), cuyo valor aproximado es de G. 101.900”.
Seguidamente, los mismos dieron aviso a la Policía. Personal de la Comisaría 7ª Metropolitana llegó al local y aprehendió al sospechoso.
El fiscal imputó al joven por tentativa de hurto con lo que solicita la aplicación de la prisión preventiva. Refiere que se hace necesaria la prisión preventiva, porque este no tiene domicilio fijo ni familiares que se hagan cargo.
Además, argumenta que es reincidente, ya que fue beneficiado con un criterio de oportunidad por el Juzgado.
Resolución del juez
Ya en la audiencia de imposición de medidas cautelares ante el juez de Garantías, Francisco Acevedo, el imputado fue representado por el defensor público Adrián Arévalos, quien planteó una excepción de falta de acción.
No obstante, el juez no estudió el pedido, ya que es una función del juez natural. Sí, estudió el pedido de medidas cautelares por parte del agente fiscal.
El magistrado, finalmente, le eximió de medidas, alegando que no existen fundamentos para privar de libertad al procesado.
“La fundamentación aparente para ordenar la detención preventiva, expresada por el fiscal, no reúne los requisitos exigidos por la norma procesal”, alega.
“Más aún, en este caso particular, se tuvo como fundamento ‘las manifestaciones del guardia de seguridad, quien se percata de las intenciones de hurtar la carne en cuestión’, para privar de un derecho fundamental de la persona, en este caso, la libertad”, sostiene el magistrado.
El caso fue sorteado posteriormente para que se le designe un magistrado, ya que la resolución de Acevedo fue como juez de guardia.