16 sept 2026

El MEF endurece el cinturón: Estas son las 8 medidas para ajustar el gasto público

El Poder Ejecutivo dispuso nuevas y estrictas medidas de racionalización del gasto público para el ejercicio fiscal 2026, con el objetivo de preservar la sostenibilidad de las finanzas públicas en un contexto de deudas atrasadas y menores ingresos debido a la baja del dólar.

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Fachada de la nueva sede del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Foto: Gentileza/MEF.

El Poder Ejecutivo oficializó nuevas medidas de racionalización del gasto público para el ejercicio fiscal 2026 mediante el Decreto N° 6120, con el objetivo de fortalecer la disciplina fiscal y contener erogaciones consideradas no prioritarias dentro de las instituciones públicas, en un contexto de menores ingresos previstos en el Presupuesto General de la Nación (PGN) y deudas atrasadas con proveedoras del Estado.

La normativa, impulsada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), establece restricciones a contrataciones, compras y ejecución de recursos, aunque mantiene excepciones para áreas esenciales como salud, educación y seguridad. Estas son las principales disposiciones:

  1. Suspensión de catering y eventos: El Gobierno suspendió de forma general los llamados y adjudicaciones para servicios de almuerzo, catering y provisión de bebidas en las instituciones públicas.
  2. Prohibición de compra de inmuebles y obras nuevas: Las entidades no podrán iniciar procesos para adquirir tierras, edificios ni ejecutar construcciones de uso institucional que no sean consideradas prioritarias.
  3. Restricción para compra de equipos y mobiliarios: El decreto prohíbe nuevos llamados y ampliaciones contractuales para la compra de mobiliario y equipos de computación correspondientes al subgrupo 540.
  4. Corte de insumos administrativos: También se suspenden las contrataciones de bienes de consumo e insumos de oficina de carácter administrativo que no sean esenciales para el funcionamiento mínimo institucional.
  5. Techo al gasto en varios rubros: El gasto en determinados subgrupos presupuestarios no podrá superar el nivel efectivamente ejecutado durante el ejercicio fiscal 2025. La medida alcanza a los subrubros de asignaciones complementarias, transporte y almacenaje, servicios técnicos y profesionales, servicios generales, adquisición de maquinarias y herramientas, y equipos de oficina.
  6. Control más estricto de Contrataciones Públicas: La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) no podrá dar curso a procesos que incumplan las restricciones establecidas en el decreto.
  7. Protección de áreas esenciales: El Ejecutivo aclaró que las restricciones no afectarán servicios vinculados a salud pública, seguridad, educación ni programas sociales.
  8. Prioridad a recursos propios y regularización de deudas: Las instituciones deberán utilizar preferentemente sus recursos propios antes de solicitar fondos del Tesoro y, además, tendrán que presentar planes para regularizar deudas pendientes de ejercicios anteriores.

El decreto también establece algunas excepciones, por ejemplo, las compras de insumos administrativos realizadas a través de la Tienda Virtual de la DNCP podrán seguir ejecutándose. Asimismo, el MEF tendrá la facultad de autorizar excepciones justificadas cuando estén involucrados servicios públicos esenciales o situaciones que puedan afectar el interés público.

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