02 jun. 2026

Diputados archiva presentación de antecedentes académicos para acceder al JEM

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que exige título universitario de abogado y haber ejercido la profesión o la docencia en un plazo mínimo de 10 años para los postulantes al Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

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La Cámara de Diputados archivó un proyecto de ley que exigía la presentación de antecedentes académicos para acceder al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

Foto: @Jem_py.

La bancada Honor Colorado de la Cámara de Diputados usó su mayoría para archivar la intención de modificar el procedimiento para la designación de los representantes de ambas Cámaras en el JEM, por el cual se pretendía que los elegibles deben poseer títulos de abogados y presentar sus antecedentes académicos.

La diputada colorada por Alto Paraná, Rocio Abed, manifestó que, si bien la propuesta es “noble”, resulta ineficaz y redundante poner que los representantes deben ser abogados y que la creación de una lista de postulantes “no aporta”, por lo que pidió el rechazo.

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La proyectista Rocío Vallejo argumentó que la modificación serviría para regular el funcionamiento del JEM.

La iniciativa quedó rechazada y archivada.

Exigirán título universitario para el CM

En su intervención, el diputado colorado por Cordillera, Roberto Eudez González Segovia, manifestó que como proyectista y como miembro de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el proyecto tiene la intención de modificar y ampliar la ley n° 296/94 que organiza el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, en concreto, con la adhesión de un párrafo en el artículo 7 de la ley.

“La presentación de este proyecto que busca por sobre todo dar tranquilidad y garantizar el cumplimiento estricto de la constitución de la república, se fundamente en la necesidad de garantizar la idoneidad y la experiencia legal en la selección y evaluación de los diferentes agentes de justicia responsables de la aplicación de las normas vigentes”, manifestó el legislador.

En ese sentido, el párrafo propuesto reza: “Para la elección de los representantes de ambas cámaras del Congreso se deberá exigir al elegible su título de abogado con los requisitos establecidos en los artículos 71, 72, y 73 de la ley ° 4995/2015 y la acreditación de haber ejercido la profesión o desempeñado funciones en la magistratura o ejercido la cátedra universitaria en materia jurídica conjunta, separada o alternativamente por el término de 10 años cuanto menos”.

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Por su parte, Abed, propuso desde la Comisión de equidad e igualdad entre el hombre y la mujer, una modificación en el proyecto; la eliminación de las referencias a los artículos 71, 72, 73 de la ley que aclaró es n° 4995/2013 y no 4995/2015.

Argumentó que las especificaciones deben ser claras y precisas, ya que dado el dinamismo del ejercicio legislativo, estos artículos pueden ser modificados y por lo tanto afectaran la ley.

El diputado colorado José Rodríguez secundó la moción de Abed y el proyectista Roberto Eudez González Segovia aceptó las modificaciones propuestas por la legisladora.

Finalmente, se aprobó el proyecto con la modificación propuesta por Abed y se remitió a la Cámara de Senadores.

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