En contexto a la conmemoración al Día Internacional de los Pueblos Indígenas, el Ministerio Público expone un listado de hechos punibles de mayor frecuencia que afectan a los miembros de las comunidades.
Ellos son: violencia familiar, lesión, amenaza, homicidio doloso, abuso sexual en niños, lesión grave, hurto agravado, daño, hechos punibles contra la Ley 716/96 (delitos contra el medio ambiente), coacción, estupro, hurto, violación del deber de cuidado o educación y violación de domicilio.
Así también revela que los días de mayor registro de denuncias son los sábados, domingos y lunes, según el análisis del Observatorio del Ministerio Público.
Los departamentos que se consideran como zonas más sensibles por y donde se registran causas investigadas son Canindeyú, Caaguazú, Amambay, Concepción, Alto Paraná, Boquerón y San Pedro.
Embarazo precoz y la influencia del crimen organizado
La Fiscalía informó que los casos de abuso sexual en niños, el embarazo precoz en adolescentes, la violencia familiar y la influencia del crimen organizado son algunos de los hechos que más afectan a las comunidades de pueblos originarios.
A esta situación se suman las migraciones hacia las ciudades, lo que genera discriminación y exclusión social. Al encontrarse fuera de sus comunidades, sin la guía y contención de sus líderes naturales y de la familia extendida, muchas personas pierden su identidad y autoestima étnica.
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Ante hechos considerados de gravedad o faltas leves, cometidos por miembros de estas comunidades, sus líderes analizan cada caso y solicitan que las sanciones se apliquen conforme a la legislación nacional o al derecho consuetudinario.
¿Cómo es el trámite de causas penales que involucran a comunidades indígenas?
La Oficina de Denuncias Penales debe comunicar de forma inmediata el ingreso de la causa al fiscal competente y a la Dirección de Derechos Étnicos.
Posteriormente, el fiscal debe solicitar la intervención de la Dirección de Derechos Étnicos, incluyendo la designación de un consultor técnico, y remitir todos los antecedentes del caso.
Luego, un equipo de funcionarios de dicha Dirección debe constituirse en la comunidad para recabar más datos sobre el hecho denunciado.
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Asimismo, se debe informar al líder comunitario sobre los alcances de la investigación penal en curso, dejando constancia en acta.
En la comunidad, el líder recomienda si corresponde aplicar la legislación nacional o el derecho consuetudinario, según cada caso.
Cuando existen víctimas que requieren evaluación, acompaña una profesional sicóloga. En casos de abuso sexual, coacción sexual o violencia familiar, la atención se realiza dentro de la comunidad, considerando que muchas víctimas no cuentan con recursos para trasladarse.
Finalizada la intervención, se elabora un dictamen jurídico-antropológico con recomendaciones al agente fiscal sobre el derecho aplicable, diligencias pendientes, medidas de protección indígena y posibles salidas del caso. Este documento incluye también la evaluación de la víctima.