03 ago 2026

Tribunal ratifica nueva imputación contra ex ujier de Juzgado de Paz

En el nuevo caso de los denominados de la mafia de los pagarés, el Tribunal de Apelación ratificó la admisión de la imputación contra la ex ujier del Juzgado de Paz de La Encarnación Audrey Galeano, procesada por supuestas irregularidades en una acción ejecutiva, donde supuestamente notificó en la ciudad de Tucumán, República Argentina.

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Imputada. La ex ujier Audrey Galeano, también procesada en la segunda causa por la mafia de los pagarés.

Foto. Archivo.

Fue decisión unánime de los camaristas Paublino Escobar, Arnulfo Arias y Silvana Luraghi, quienes declararon admisible el recurso promovido por la defensa, pero confirmaron la resolución del juez de Delitos Económicos Humberto Otazú.

Por resolución del 22 de mayo pasado, el juez había admitido la nueva imputación contra la ex funcionaria Audrey Galeano. Esto fue recurrido por la defensa, por lo que por auto interlocutorio del 5 de junio pasado se confirmó la resolución.

En la misma causa también está procesada la ex jueza de Paz Carmen Analía Cibils, además de las ex actuarias, otros ujieres y hasta abogados de las distintas empresas de cobranzas.

En el caso, el juez le dio trámite a la apelación subsidiaria, por lo que el caso pasó al Tribunal de Apelación Especializado de Delitos Económicos, Anticorrupción y Crimen Organizado, Primera Sala.

El recurso había sido planteado por la defensa de la ex funcionaria, a través del abogado Guillermo Duarte Cacavelos, quien argumentó que la imputación fiscal viola el debido proceso y los derechos de su representada, porque se estaría entrando en doble juzgamiento.

La Fiscalía imputó por las irregularidades que se dieron en un juicio ejecutivo, donde el caso debía ser notificado en un domicilio ubicado en la ciudad de Tucumán, capital de la provincia del mismo nombre de la República Argentina.

Lea más: Mafia de pagarés: Adjunta ratifica pedido de que ex ujieres obtengan suspensión

Sin embargo, la entonces ujier habría tramitado de forma ordinaria, cuando que este tipo de notificaciones debe hacerse vía exhorto, lo que no se realizó, sino que fue una notificación de la ex ujier, lo que permitió continuar con el juicio.

Según dijeron los camaristas, la pretensión jurídica de la defensa de “inviabilizar la imputación deviene improcedente”, por lo que confirmó el fallo que rechazó la reposición de la defensa.

“En la resolución del juzgado de garantías se observaron las cuestiones relevantes que deben ser tenidas en cuenta al momento de examinar los motivos, méritos y razones para la toma de conocimiento del acta de imputación”, sostienen los miembros de Alzada.

Al final, al confirmarse la admisión de la causa, se podrá realizar la audiencia de imposición de medidas cautelares para la imputada.

La ex ujier fue favorecida con la suspensión condicional del procedimiento en la primera causa en su contra, también por irregularidades en los expedientes ejecutivos.

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