23 jul 2026

Sobreseen a imputados por supuestamente levantar código rojo de García Troche

A pedido de la fiscala adjunta Matilde Moreno, el juez de Delitos Económicos Humberto Otazú sobreseyó definitivamente a dos policías que estaban entre los imputados por levantar el código rojo de la captura de Gianina García Troche, ex pareja de Sebastián Marset. En principio, la Fiscalía había dicho que la organización criminal pagó USD 40.000 por levantar la orden.

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Código rojo. Gianina García Troche, junto a su ex pareja Sebastián Marset. En el caso, sobreseyeron a los dos policías que supuestamente levantaron la comunicación de la captura internacional.

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La resolución favorece a los agentes Hugo Javier Vallejos Rivas y Clara Elizabeth Ruiz Díaz Gómez, quienes habían sido imputados por supuestos hechos de acceso indebido a sistemas informáticos, alteración de datos relevantes para la prueba, frustración de la persecución y ejecución penal, realización del hecho por funcionarios, cohecho pasivo agravado, y lavado de dinero, este último como cómplices.

Según habían sostenido los fiscales, manejaban la información de que una persona recibió USD 40.000 para dar de baja la notificación roja de Interpol que pesaba sobre Gianina García Troche, ex pareja del narcotraficante Sebastián Marset. Incluso, solicitaron informes financieros para individualizar al que recibió el dinero.

En el caso, la imputación fue presentada por la fiscala Ruth Benítez el 1 de diciembre del 2023 contra Vallejos y el 6 del mismo mes, contra Ruiz Díaz.

Tras la investigación, el 29 de noviembre del 2024, las fiscalas Ruth Benítez e Irma Llano solicitaron el sobreseimiento provisional de los encausados. El 19 de ese mes, el juez hizo lugar al pedido de la Fiscalía.

Después, el 18 de diciembre del 2025, el juez solicitó la reapertura del proceso y el sobreseimiento definitivo de los dos encausados.

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Sin embargo, durante la preliminar, entre el 21 y 22 de mayo pasados, el juez imprimió el trámite de oposición. Después, la fiscala adjunta Matilde Moreno ratificó el dictamen de las fiscalas.

Según la Fiscalía, “si bien durante la etapa investigativa se realizaron diversas diligencias pendientes al esclarecimiento de los hechos investigados y la eventual participación de los procesados, los elementos colectados no resultaron suficientes para sustentar de manera fehaciente la participación de los mismos”.

Asimismo, la fiscala afirmó que inicialmente existían indicios acerca de la participación de los procesados en los hechos punibles investigados; sin embargo, estos no pudieron ser corroborados.

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Respecto a Hugo Javier Vallejos Rivas, los funcionarios de la OCN Asunción manifestaron que este no se encontraba presente en las oficinas de Interpol al momento en que se realizaron dichos actos; por lo tanto, es imposible afirmar con certeza que fue partícipe del hecho investigado.

Con relación a Clara Elizabeth Ruiz Díaz, se indicó que no prestaba servicios en dicho lugar, por lo que tampoco pudo corroborarse su participación.

El juez señaló que, teniendo en cuenta la ratificación dada por la Fiscalía General, según la ley, debe resolver conforme con el pedido fiscal, por lo que admitió el sobreseimiento definitivo de ambos.

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