La agente fiscal Soledad González solicitó al magistrado de Garantías la desestimación de la denuncia presentada sobre la supuesta sobrefacturación en la compra de camionetas para los ministros de la Corte Suprema de Justicia.
Tras estudiar la cuestión, el juez Otazú hizo lugar al pedido y desestimó la denuncia con lo que se dispuso su archivo correspondiente.
La denuncia del caso fue realizada por José Antonio Ibarra, una de las víctimas de la mafia de los pagarés, quien dijo que se hizo eco de la publicación periodística y “una vez que nos percatamos del costo por el cual se adquirieron los vehículos por parte de la Corte Suprema de Justicia, el cual sobrepasa el costo real en el mercado”.
Alegó que “nos ocurre no solo por ser víctimas de la mafia de pagarés, sino también porque la Corte Suprema de Justicia no se expidió sobre los embargos que sufrimos las víctimas, quienes nos encontramos con embargos que se realizaron violando la ley y que hasta la fecha no solo siguen vigentes los embargos, sino que no somos retribuidos, no nos sentimos representados, estamos en un estado de vulnerabilidad ante la Justicia y ni siquiera nos devolvieron los pagarés utilizados para embargos fraudulentos”.
Otro de los denunciantes, Pedro Coronel, también víctima del mismo esquema, indicó que tuvo conocimiento de que la Corte había adquirido nueve vehículos a G. 573.500.000 cada uno, cuando el precio real era mucho menor, según las publicaciones periodísticas.
Tras las investigaciones de la agente fiscal sostuvo ante el juez que no hubo perjuicio patrimonial y que la Contraloría General de la República dictaminó que no hubo irregularidades en el proceso de adquisición de los nueve rodados.
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Alega que no hubo hecho punible en razón de que la compra fue realizada vía licitación pública según las disposiciones de la Ley 7021/2022 y que el precio de G. 573.500.000 pagado por cada vehículo no incluía solo el rodado, sino también garantía, seguro contra terceros, mantenimiento, matriculación y otros servicios.
Dice que no se avizora una conducta descuidada o dolosa por los ministros César Diesel, Alberto Martínez Simón, Luis María Benítez Riera, Gustavo Santander, César Garay, Eugenio Jiménez, Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Víctor Ríos en la firma del contrato y en la adquisición.
Además, refirió que la compra fue realizada a crédito y que por ello aumentó el valor total. Asimismo, descartó la existencia de un perjuicio patrimonial con el argumento de que, si bien hubo un egreso de dinero del Estado, ingresaron los vehículos como activo del Poder Judicial y hubo una contraprestación.
Tras el análisis del juez, señala que al analizar todos los puntos del pedido, se puede advertir que no existe perjuicio patrimonial, requisito indispensable para el delito de lesión de confianza, por lo que no constituye hecho punible, y dispone la desestimación de la causa.