10 abr. 2026

Pastor es condenado a 27 años de cárcel por abuso a niñas indígenas

Un Tribunal de Sentencia de Ciudad del Este condenó a 27 años de pena privativa de libertad a un pastor evangélico por el abuso sexual a niñas de una comunidad indígena.

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Dos niñas fueron víctimas de abuso sexual este sábado.

Foto ilustrativa: lasemana.com

El Ministerio Público comunicó a través de sus redes sociales el viernes que el pastor evangélico identificado como Inocencio Ramón Denis Torres fue condenado a 27 años de cárcel.

Un Tribunal de Sentencia de Ciudad del Este, del Departamento de Alto Paraná, sentenció al acusado conforme a la pena solicitada por los fiscales Vivian Coronel y José Silguero.

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La Fiscalía argumentó en el juicio oral y público que el hecho punible quedó demostrado con indicadores que muestran daños sicológicos progresivos e irreversibles en las víctimas y hasta sus familiares, informó el corresponsal de Última Hora Édgar Medina.

El fiscal Silguero estableció que la causa presenta una condición de triple vulnerabilidad, al ser las víctimas mujeres, niñas e indígenas. “Se aprovechó de su rol de pastor y de autoridad religiosa”, manifestó ante el tribunal.

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Explicó que el pastor llegó a la comunidad para ser contención de los miembros, incluso protector y “gozaba de la confianza” de las familias. “Sul rol implicaba mucho más que evangelizar”, agregó.

Pero, en otro momento señaló que el acusado no mostró arrepentimiento ante los hechos denunciados y se declaró inocente, por lo que el Ministerio Público requirió más de 20 años de cárcel para el mismo.

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El caso data de hace dos años e involucró a menores de entre 8 y 12 años de edad de una comunidad indígena Aché.

En el proceso se presentaron varias trabas y estuvo bajo el riesgo de prescribir. El defensor del Pueblo, Miguel Godoy, quien se trasladó hasta Ciudad del Este el lunes, denunció que el juicio se suspendió siete veces.

En Amambay también se denunciaron en julio de 2021 casos de abuso sexual y embarazos a niñas indígenas paĩ tavyterã contra pastores de las iglesias evangélicas Dios es Amor, Antioquía y Cristo del Paraguay. El Senado expresó su repudio sobre el hecho, pero la Justicia ni se pronunció al respecto.

Los nombres de las víctimas y sus familiares se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctimas o supuestos autores de hechos punibles.

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