24 feb. 2026

MUV considera que no necesita reglamentación

El asesor de la plataforma MUV, Marcelo Duarte, aseguró que no es necesario reglamentar el servicio, ya que solamente se trata de una intermediación entre dos partes. Aunque hay otras voces que creen que se tiene que ajustar a norma.

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La plataforma MUV sostiene que no es una empresa de transporte.

Foto: Gentileza.

El asesor jurídico de MUV, Marcelo Duarte, manifestó en Monumental 1080 AM que la Constitución Nacional garantiza el ejercicio de cualquier actividad, mientras no sea ilícita, además de que también está el derecho al trabajo.

Citó también el artículo 45, que establece que todos los derechos y garantías que estén garantizados en la Carta Magna no pueden ser menoscabados por su falta de reglamentación.

Duarte advirtió que hay un peligro de que por “proteger a las personas que hace años se dedican al transporte de pasajeros (taxistas), puedan surgir situaciones a quienes pretendan ejercer libremente una actividad comercial”.

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Además, afirmó que la intermediación entre un conductor y una persona que necesita llegar a un lugar determinado es un contrato privado, por lo que se apoya en el Código Civil Paraguayo.

En este sentido, MUV ya había argumentado en un comunicado que no es una empresa de transporte, sino un intermediario entre usuarios.

Ex senador aboga por la regulación

Por su parte, el ex senador Adolfo Ferreiro, hermano del intendente de Asunción Mario Ferreiro, sostuvo en declaraciones a la misma emisora que hay normas que hacen al servicio público, y eso está regulado. En ese sentido, consideró que “o se declara el libre ejercicio para todos o todos nos ajustamos a algún tipo de norma”.

Igualmente, explicó que en este tema se verá si a la Municipalidad de Asunción le importa la calidad del servicio, la diversidad y la salud al aceptar un servicio que es para el público.

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El propio jefe comunal admitió que hubo un exceso en el operativo donde la Policía Municipal de Tránsito (PMT) retuvo un vehículo muver. Sin embargo, alegó que necesitaban tener pruebas fehacientes de que el conductor ofrecía el servicio de MUV, para poder remitirlas al Legislativo municipal para su estudio y reglamentación.

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