En principio, el magistrado le dio trámite de oposición al pedido de sobreseimiento definitivo de la fiscala Karina Caballero, por lo que el expediente fue remitido luego a la Fiscalía General del Estado.
Ahí, la fiscala adjunta, Lourdes Samaniego, rectificó el requerimiento y pidió el sobreseimiento provisional de los procesados Gustavo Adolfo Díaz Cardozo, Gustavo Omar Cartes Araújo y María Belén Cartes Berin, todos procesados por supuesta producción de documentos públicos de contenido falso.
La fiscala adjunta señaló que existían varias diligencias pendientes, entre ellas, la declaración de la mayoría de las víctimas de los descuentos que les realizaban a través de los juicios ejecutivos por deudas ya saldadas.
Con ello, en la audiencia preliminar, el magistrado no tuvo otra opción que admitir el pedido de sobreseimiento provisional y levantar todas las medidas cautelares para los tres procesados.
De esta manera, ahora, la Fiscalía tiene un año para reabrir la causa, y realizar las diligencias pendientes, con lo que sabrá si con estas pruebas puede o no pedir el juicio oral para los encausados.
En el caso, entre otros, también están procesados el ex juez de Paz de Recoleta Víctor Nilo Rodríguez, así como actuarios y ujieres.
En su pedido inicial, la fiscala Karina Caballero había señalado que los créditos otorgados a los socios de la Aso del SNPP sí eran reales, que los pagarés son auténticos, aunque reconoce que cambiaron las fechas.
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La agente había concluido que las empresas no tendrían responsabilidad, sino solo la Asociación, ya que, pese a que se descontaron las cuotas, los pagos no fueron transferidos a las casas de crédito, por lo que pidió el sobreseimiento definitivo de los tres representantes.
El caso se inició con la denuncia de los socios de la Asociación de Funcionarios del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), quienes fueron demandados y embargados por las empresas Serfin SA y Presto SA, pese a que tenían documentos que demostraban que mes a mes pagaron sus deudas a través de la Aso.
Los pagarés fueron objeto de demandas porque figuraban que los pagos solo se hicieron de manera parcial, pero fue porque pese a que los socios sí pagaban, los montos no eran transferidos a las empresas.
Se hizo una pericia de los pagarés y las irregularidades se ajustan exclusivamente al manejo interno de los descuentos por parte de la Asociación, “sin participación dolosa de las entidades financieras en la confección o utilización de documentos no auténticos”.
Es más, dice que la Aso empleó formatos contables poco claros en la elaboración de sus planillas y registros, lo que dio lugar a interpretaciones erróneas y por eso terminó imputando a los tres representantes de Serfin SA y Presto SA.