11 jun. 2026

Mafia de los pagarés: Piden sobreseimiento a representantes de empresas en causa del SNPP

La Fiscalía concluyó que los créditos otorgados a los socios de la Aso del SNPP sí eran reales, que los pagarés son auténticos, aunque reconoce que cambiaron las fechas. Se concluyó que las empresas no tendrían responsabilidad, sino solo la Asociación, ya que, pese a que se descontaron las cuotas, los pagos no fueron transferidos a las casas de crédito. Finalmente pide que tres representantes sean sobreseídos.

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Los casos positivos de Covid-19 se registraron en la sede central del SNPP.

La fiscala Karina Caballero pidió el sobreseimiento definitivo a representantes de las empresas Serfin SA y Presto SA, quienes estaban imputados junto al ex juez Víctor Nilo Rodríguez por juicios ejecutivos a funcionarios del SNPP, en la última causa de la mafia de los pagarés.

El pedido es con relación a Gustavo Adolfo Díaz Cardozo, Gustavo Omar Cartes Araujo y María Belén Cartes Berin, todos ellos estaban imputados por supuesta producción de documentos públicos de contenido falso.

El caso se inició con la denuncia de los socios de la Asociación de Funcionario del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), quienes fueron demandados y embargados por las empresas Serfin SA y Presto SA, pese a que tenían documentos que demostraban que mes a mes pagaron sus deudas a través de la Aso.

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Karina Caballero, fiscala.

La Fiscalía había corroborado que sí de manera mensual los socios estaban siendo debitados por la Asociación y que “varios habrían cancelado totalmente sus créditos”.

Se verificaron también los pagarés firmados y encontraron alteraciones en las fechas de emisión y vencimiento. De igual manera sí eran auténticos, dice la fiscala Karina Caballero, “y que las diferencias en las fechas no comprometían su validez jurídica”.

“No hay responsabilidad de las casas de créditos”

Sin embargo, lo que menciona el Ministerio Público es que esas alteraciones son “errores técnicos о administrativos propios del sistema de registro de las casas de crédito” y que la evidencia “demostró la ausencia de dolo falsario, lo que conduce al sobreseimiento definitivo”.

Lo que da a entender Caballero es que la responsabilidad de que los socios pagaron dos veces la deuda, con los descuentos de la asociación y el embargo de las empresas, es responsabilidad de la Aso.

“No se han detectado cobros dobles por parte de las casas de crédito, aun cuando los socios hayan abonado dos veces sus deudas, ya que los descuentos practicados sobre sus salarios eran administrados directamente por la Asociación”, dice el pedido.

Los pagarés fueron objeto de demandas porque figuraban que los pagos solo se hicieron de manera parcial, pero fue porque pese a que los socios sí pagaban, los montos no eran transferidos a las empresas.

Se peritó el pagaré

Se hizo una pericia de los pagarés y las irregularidades se ajustan exclusivamente al manejo interno de los descuentos por parte de la Asociación, “sin participación dolosa de las entidades financieras en la confección o utilización de documentos no auténticos”.

Es más, dice que la aso empleó formatos contables poco claros en la elaboración de sus planillas y registros, lo que dio lugar a interpretaciones erróneas y por eso terminó imputando a los tres representantes de Serfin SA y Presto SA.

La fiscala Karina Caballero concluyó que “no existe elemento alguno que acredite conducta dolosa imputable a las casas de crédito”.

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