La resolución se dictó respecto al procesado Egon Ramón Vargas, a pedido de los agentes fiscales Giovanni Grisetti, Christian Ortiz, María Irene Álvarez y Juan Ramón Sandoval.
Los representantes de la sociedad habían requerido a la magistrada la reapertura de la causa y la extinción de la acción penal contra Vargas.
Presentaron el certificado de defunción del interno, de fecha 29 de julio de 2024, con lo que se comprueba su fallecimiento. Vargas estaba procesado por los supuestos delitos de homicidio doloso, toma de rehenes, motín de internos y asociación criminal.
La magistrada señala que ante el fallecimiento del procesado, “por imperio de la norma debe disponerse la extinción de la acción penal de la presente causa con relación al procesado y el levantamiento de todas las medidas alternativas impuestas”.
Además, la magistrada dispuso el sobreseimiento definitivo del fallecido, y dejó sin efecto el sobreseimiento provisional decretado en el expediente respecto a Vargas.
En la citada causa, el 30 de noviembre de 2022, el juzgado hizo lugar al sobreseimiento provisional de los procesados, entre ellos, Egon Ramón Vargas.
Además de Vargas, estaban procesados Armando Javier Rotela Ayala, Alan Ricardo Caballero, Milciades Giménez Prieto, César Ramón Ortiz Sosa, Arsenio Erico Alvarenga Sosa, Jorge Almanza Guzmán y Aníbal Ortellado Rojas.
Igualmente, son procesados Alberto Daniel Villalba Saucedo, Héctor Santiago Caballero Álvarez y Leonardo Ariel Oviedo Bareiro, todos por los citados delitos.
Los antecedentes
Según los antecedentes, la imputación señalaba que el 16 de febrero de 2021, a las 05:30, en el penal de Tacumbú fueron convocados varios funcionarios penitenciarios, a cargo tanto de la guardia entrante como saliente, para trasladar al interno Orlando Efrén Benítez Portillo a la Agrupación Especializada.
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El traslado fue debido a la información de la existencia de un túnel en el penal, que habría de utilizarse para la fuga de un grupo de personas recluidas en el lugar.
Alegaban que esta disposición provocó el descontento en la población penitenciaria en general y compañeros de pabellón, entre ellos Armando Javier Rotela y a los demás imputados, quienes formarían una asociación criminal para perpetrar ilícitos, tanto dentro como fuera de centros penitenciarios al mando de Rotela.
Según la Fiscalía, en aquella ocasión, siendo las 16:00, estas personas quemaron colchones, ropas y frazadas en distintos sectores, ocasionaron un incendio, causaron destrozos en la edificación, rompieron portones y arrojaron piedras y otros objetos en dirección a la oficina de guardia. Esta situación se debió para exigir el regreso del interno Benítez Portillo y evitar que los funcionarios penitenciarios ingresen a la zona.
Este hecho fue aprovechado para retener en calidad de rehenes a un grupo de 20 agentes penitenciarios, quienes se encontraban cumpliendo funciones dentro de los pabellones.
A raíz de los hechos, fueron asesinados siete reclusos, al menos tres de ellos fueron decapitados y todos perdieron la vida por heridas de arma blanca.