A pedido del ministro Víctor Ríos, el pleno del Máximo Tribunal remitió al JEM los antecedentes del caso, donde por la presentación extemporánea quedó firme el sobreseimiento del imputado Hugo Miguel Zelada Jara.
Sin embargo, rechazaron la suspensión preventiva del agente fiscal que había sido propuesta por el ministro Gustavo Santander, por cinco votos a cuatro de los miembros de la Corte.
El ministro Ríos señaló que realizó la revisión del caso de Hugo Zelada en el proceso por delitos ambientales a raíz del incendio que arrasó con más de 200.000 hectáreas del cerro Chovoreca en el 2024.
Señaló que se había difundido ampliamente lo ocurrido en el caso, y del estudio de la resolución, se puede ver la “notoria negligencia” o la “actitud claramente intencional” irregular para que quede impune el incendio.
Asimismo, remarcó que habían recibido la visita del fiscal adjunto y del fiscal, que habían señalado los inconvenientes para la investigación, además de lo extremadamente garantista del juez, pero que esa situación se iba a estudiar ante la Sala Penal.
Sin embargo, explicó que los ministros de la Sala Penal declararon inadmisible el recurso de casación promovido por el fiscal Gabriel Rolón.
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Aseguró que los ministros hicieron un recuento del plazo para plantear el recurso, y se puede ver que fue planteado fuera de plazo, con lo que solicitó que los antecedentes sean remitidos al JEM para estudiar su conducta.
Había recurrido la resolución del 4 de setiembre de 2024, del Tribunal de Apelación Multifuero del Alto Paraguay, que ratificó la resolución del juez de Garantías de sobreseer de forma definitiva a Zelada.
Por su parte, el ministro César Garay señaló que el Jurado ya había fijado la fecha para la investigación de oficio tanto del fiscal Gabriel Rolón como del juez de apellido Ortega (Julio Javier Ortega), según dijo.
Remarcó que iban a decidir al respecto en estos días, por la gravedad de los hechos relacionados con el grave daño ambiental.
Además, el ministro Gustavo Santander señaló que los hechos eran graves, al dejar pasar el plazo para su casación, por lo que correspondía la suspensión preventiva en las funciones del agente fiscal.
Esto fue discutido entre los ministros, ya que consideraron que era mejor esperar que el JEM sea el que pidiera la suspensión.
Finalmente, al votar por este último punto, se decidió por esperar el pedido por cinco votos contra cuatro.