27 mar. 2025

TSJE reglamenta cobro de multas para los que no voten

El Tribunal Superior de la Justicia Electoral (TSJE) estableció este jueves el reglamento para la aplicación de multa para las personas que no voten en las elecciones nacionales o municipales.

TSJEDIG4.jpg

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) alista máquinas para internas municipales en 13 distritos.

El Tribunal Superior de la Justicia Electoral (TSJE) dio a conocer este jueves el reglamento para la aplicación de multa para las personas que no voten en elecciones generales o municipales, según está previsto en el artículo 332 de la Ley 834/1996 del Código Electoral.

El monto de la multa es de un jornal (G. 98.000). No obstante, la normativa no establece penas para los que no paguen la multa.

El Ministerio Público será la entidad encargada de solicitar al juez electoral competente la aplicación de la sanción prevista en el artículo 332 del Código Electoral.

Lea más: Piden aplicar la multa a los que no voten

Luego de proclamadas las autoridades de la elección nacional o municipal, la Dirección del Registro Electoral elaborará la lista de los ciudadanos habilitados que no cumplieron con la obligación de votar.

https://twitter.com/TSJE_Py/status/1651653684047011840

Serán excluidos de esta lista los electores mayores de setenta y cinco años, los compatriotas residentes en ciudades donde no se habilitaron mesas de votación, los privados de libertad, los magistrados electorales y funcionarios de la Justicia Electoral que cumplieron funciones el día de la votación.

Le puede interesar: TSJE ultima detalles para cobro de multa por no votar en las elecciones

La lista deberá ser remitida a los fiscales electorales dentro de un plazo de 120 días corridos contados desde la fecha de elección y será publicada en la página web de la Justicia Electoral.

La sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de tres días contados desde su publicación.

Una vez filtrado todo, el TSJE publicará la lista de personas que no acudieron a votar para que puedan ejercer su defensa o presentar algún justificativo. Los que no tengan motivo valedero deberán abonar la multa.

Cuando la sentencia esté firme y haya transcurrido el plazo fijado para el pago de la multa, el procurador general de la República, de acuerdo con la Ley 6837/2021, podrá promover el procedimiento de ejecución de sentencia para el cumplimiento compulsivo de la obligación de dar la suma de dinero establecida en la resolución judicial, de acuerdo con las reglas previstas en este reglamento y el Código Procesal Civil.

Más contenido de esta sección
La Policía Nacional reportó la fuga de ocho presos de la cárcel de máxima seguridad de Minga Guazú. Entre los fugados se encuentran Blas Pablo Melgarejo Benítez, alias Chopalé, líder de una banda de asaltantes.
El Tribunal de Sentencia de Asunción remitió este miércoles la causa del ex candidato a presidente de la República, Paraguayo Payo Cubas, por Cruzada Nacional al Departamento de Alto Paraná.
Abogados de una abogada investigada en el caso conocido como mafia de los pagarés afirmaron que es inocente y que no pudo haber instigado a ningún funcionario a cometer hechos punibles porque trabajaba para una empresa en relación de dependencia.
Opositores, de diferentes partidos políticos, marcharon este miércoles por el microcento asunceno, hasta la Plaza de la Democracia, donde realizarán un acto central, levantando la voz contra la corrupción, impunidad y la falta de respuestas por parte del Gobierno de Santiago Peña a los diferentes cuestionamientos.
El Viceministerio de Transporte (VMT) anunció la apertura de un sumario a la empresa La Limpeña SRL, operadora de la Línea 220, tras el desprendimiento de la puerta trasera de unas de sus unidades que estaba circulando y que terminó hiriendo a una ciudadana.
Dos niñas de 3 y 5 años fueron intoxicadas con caramelos de supuesta marihuana, en Lambaré, Departamento Central. La menor de ellas está intubada en Terapia Intensiva.