06 ago 2026

Rechazan recurso contra preliminar en caso de chats de Lalo Gomes

El juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, rechazó el recurso de la defensa para suspender la audiencia preliminar fijada para el 17 de agosto próximo, para el ex diputado Orlando Arévalo y para el coprocesado Guido Díaz en el caso de los chats del fallecido diputado Eulalio Lalo Gomes. Este último planteó recurso de reposición con apelación subsidiaria.

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Preliminar. Orlando Arévalo y Eulalio Lalo Gomes. Los chats entre ambos motivaron la causa.

Archivo.

El magistrado rechazó el recurso porque no había agravio, conforme señaló en su resolución, pero concedió la apelación en subsidio, por lo que el caso deberá pasar al Tribunal de Apelación Penal Especializado, que revisará la decisión.

En el caso, fueron procesados por supuesto cohecho pasivo agravado el ex diputado Orlando Arévalo, ex titular del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y Guido Díaz.

Se los acusa y se pide elevar el caso a juicio oral por la presunta coima vinculada a los chats del fallecido legislador Eulalio “Lalo” Gomes.

La defensa de Guido Díaz, a cargo del abogado Daniel Marciano Lobo Corbeta, promovió el recurso de reposición y apelación en subsidio en contra de la resolución del 24 de julio pasado, donde se fijó para el 17 de agosto, la audiencia preliminar.

El profesional sostuvo que al fijarse la audiencia para esa fecha, le ocasiona un perjuicio irreparable, porque no contó con el plazo legal ni con el acceso íntegro a las evidencias digitales para ejercer adecuadamente su defensa.

Lea más: Fiscalía acusa y pide juicio a Orlando Arévalo por pedido de coima a Lalo Gomes

Sostuvo que la copia espejo entregada contiene archivos inaccesibles y que el volumen de información impide análisis dentro de los plazos procesales, lo que solicitó que el cómputo del plazo inicie únicamente desde la efectiva entrega y disponibilidad total de las evidencias.

Ya en el análisis del Juzgado, señala que las evidencias fueron retiradas el 31 de julio, y que la audiencia es para el 17 de agosto, por lo que hay entre ambas fechas, 11 días hábiles, lo que están dentro del plazo establecido en la ley, tiempo suficiente para que la defensa pueda realizar el examen de las actuaciones y análisis de las evidencias.

Con elloo, dice que no se verifica un agravio concreto al derecho de defensa que justifique la revocación de la providencia recurrida.

De esta manera, rechazó una reposición planteada por la defensa de Díaz, remitió el expediente al Tribunal superior para el estudio de la apelación subsidiaria.

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