Fue fallo unánime de los jueces Fabián Weisensee, Laura Ocampo y Cándida Fleitas, quienes rechazaron el pedido de revisión de medidas cautelares realizada por la abogada Alba González en representación del condenado Merardo Palacios, actualmente con prisión preventiva.
Recordemos que en el mismo caso, había sido condenado el ex ministro Walter Bower, a 15 años de cárcel, mientras que el también policía Osvaldo Vera tuvo una pena de 6 años de cárcel, luego de haber sido hallados culpables de torturas.
En el caso, los hechos ocurrieron en el año 2000, y desde entonces el caso enfrentó diez recusaciones y múltiples dilaciones, extendiéndose casi 25 años.
Se probó en el juicio oral, según los jueces, que Walter Bower, junto a los entonces policías Merardo Palacios y Osvaldo Vera, fue acusado tras la denuncia presentada por el comisario Alfredo Cáceres y el efectivo policial Jorge López.
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En el caso, incluso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya había condenado a Paraguay en este caso, señalando torturas y una mora judicial excesiva. La condena se dio en el segundo juicio oral, ya que en el primero fueron absueltos de culpa y reproche, pero este fallo fue anulado.
La revisión de medidas
En la audiencia de revisión, la abogada Alba González solicitó el permiso excepcional para que el mismo pudiera asistir el próximo 5 de octubre a la boda de su hijo, de la ceremonia civil y la religiosa. El permiso era de 11 de la mañana hasta las 17 horas en el ex seminario Metropolitano, y en un hotel de la capital.
La fiscala Sonia Sanguinés, por su parte, no consideró prudente que el condenado sea beneficiado con el permiso, ya que tenía una condena de 12 años de cárcel, actualmente apelada, aunque señaló que el proceso duró ya 25 años.
El querellante adhesivo Rolando Alum, por su parte, se opuso también al pedido, y señaló la conducta procesal de Palacios durante el juicio oral.
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Ya al analizar el pedido, señalan que tanto la fiscalía como la querella dicen que “si bien, la sentencia condenatoria no se halla firme puesto que se encuentra siendo analizado por la Cámara de Apelaciones”. Resaltaron que el proceso se dilató durante 25 años, por lo que fue declarado litigante de mala fe por ejercicio abusivo del derecho.
Añaden también que el Estado Paraguayo fue condenado y agregó que la conducta del solicitante durante el proceso, no hace mérito a lo peticionado, por lo que piden el rechazo.
“Para este Tribunal de Sentencia, los fundamentos que motivaron el dictado de la prisión preventiva no han variado y es básicamente que, se ha llegado al estado de certeza positiva con respecto a la responsabilidad penal del acusado, el Sr. Merardo Palacios Melgarejo, por el tipo penal cuyo juzgamiento estuvo a cargo de este órgano juzgador. La pena impuesta como consecuencia del juzgamiento estimula el peligro de fuga”, afirman.
Con ello, rechazan la revisión de medidas, y ratifican la prisión preventiva del encausado dictada el 25 de enero de este año.