Basilio Bachi Núñez, presidente del Congreso Nacional, presentó en mesa de entrada del Senado el proyecto de ley “Que regula y promueve la creación, desarrollo, innovación e implementación de Sistemas de Inteligencia Artificial (IA)”.
El proyecto fue remitido a las siguientes comisiones asesoras: Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública, Legislación, Codificación, y Justicia y Trabajo. También fue destinada a Derechos Humanos, a Industria y Comercio y a la comisión de Ciencias, Tecnología, Innovación y Futuro.
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DETALLES. El proyecto se centra en la categorización de los riesgos de la inteligencia artificial (IA) para permitir o prohibir su uso. Esto se imita de leyes de la Unión Europea, Estados Unidos y China, que ya están tomando este tipo de acciones.
“En cuanto a la categorización de los riesgos de la inteligencia artificial, la propuesta establece la exigencia de evaluación preliminar y define las aplicaciones prohibidas por riesgos excesivos, las aplicaciones de alto riesgo que están sujetas a normas de control más estrictas. Asimismo, el proyecto enumera las medidas que deben adoptarse para garantizar la transparencia y la mitigación de sesgos, estableciendo medidas adicionales para los sistemas de alto riesgo y para los sistemas gubernamentales de inteligencia artificial, y el procedimiento para la evaluación de impacto algorítmico”, reza parte del documento.
En la exposición de motivos, Núñez explica que, a nivel mundial, los proyectos de ley más avanzados en legislación sobre IA están en la Unión Europea, en China y en EEUU.
“La Unión Europea ha aprobado una ley que toma la forma de reglamento integral sobre IA, que busca regular esta según sus riesgos, clasificando las herramientas de IA en tres categorías: De riesgo inaceptable, de alto riesgo y de riesgo bajo o mínimo para la seguridad de las personas, adaptando la futura normativa e integrándola a la regulación actual sobre protección de datos personales, nuevas tecnologías y derecho de autor, entre otras. El objetivo es garantizar que los sistemas de IA utilizados en la UE sean seguros, transparentes, trazables, no discriminatorios y respetuosos con el medio ambiente. Los sistemas de IA deben ser supervisados por personas, en lugar de por la automatización, para evitar resultados perjudiciales”, explicó.
DERECHOS. El artículo 5 del capítulo 2 del proyecto de ley habla sobre los derechos que tienen las personas afectadas por sistemas de inteligencia artificial, por ejemplo, el derecho a la información previa respecto a sus interacciones con sistemas de inteligencia artificial, el derecho a la explicación sobre la decisión, recomendación o predicción tomada por sistemas de inteligencia artificial; el derecho a impugnar decisiones o predicciones de sistemas de inteligencia artificial que produzcan efectos jurídicos o que impacten de manera significativa los intereses del afectado, el derecho a la determinación y participación humana en decisiones de sistemas de inteligencia artificial, teniendo en cuenta el contexto, y el estado del arte del desarrollo tecnológico.
Así también, tendrán derecho a la no discriminación y a la corrección de sesgos discriminatorios directos, indirectos, ilegales o abusivos; y derecho a la privacidad y a la protección de datos personales, en los términos de la legislación vigente.
RIESGOS. En cuanto a la categorización de riesgos, previamente a su comercialización o uso en servicio, todo sistema de inteligencia artificial pasará por una evaluación preliminar realizada por el proveedor para la clasificación de su grado de riesgo.