11 feb. 2026

Para Alliana, no es momento de reglamentar la pérdida de investidura

El presidente de la Cámara de Diputados, Pedro Alliana, expresó que no es oportuno tratar el nuevo proyecto de ley que establece un procedimiento para definir la expulsión o no de un parlamentario, el cual fue aprobado por el Senado. Dijo que se debe terminar el periodo legislativo así como está.

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Pedro Alliana, presidente de la Cámara de Diputados.

Foto: Archivo ÚH.

La Cámara de Senadores aprobó el pasado 14 de octubre el proyecto de ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, de la pérdida de investidura.

El documento establece la firma de 1/3 de los legisladores para la presentación de un proyecto de esta envergadura. Durante su tratamiento, se evitó modificar el voto de una mayoría simple para aprobar la destitución de un parlamentario.

Ahora el texto está en manos de la Cámara Baja para el estudio de la propuesta. La Cámara Alta aguarda la resolución de este proyecto para resolver varios pedidos de pérdida de investidura.

Sin embargo, el presidente de la Cámara de Diputados, Pedro Alliana, adelantó que para él no es oportuno el tratamiento del mismo en este periodo legislativo.

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“En algún momento pensábamos modificar el reglamento, pero creemos que no es el momento, que estamos bien con la necesidad de 2/3 para que algún colega nuestro, diputado, pueda perder la investidura, por mayoría simple. Creemos que no es oportuno esto hoy”, expresó.

El legislador por el movimiento Honor Colorado de la Asociación Nacional Republicana (ANR) acotó después que hablaba en representación de su bloque partidario.

“El Senado quiere modificar el reglamento y creo que juzgaron con una vara a muchos de sus colegas y hoy quieren juzgar a otros con otra vara a colegas que incluso tienen denuncia por corrupción. Creo que no es la forma y hablo como bancada (...). Creemos que debemos terminar el periodo así como está”, reforzó Pedro Alliana.

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Un intento anterior de aprobar la reglamentación había sido vetado por el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, en julio del año pasado.

Los senadores aprobaron hace tres semanas el artículo 4 del proyecto, que habla de la necesidad de 1/3 de la firma de los miembros de la Cámara para la presentación del pedido de pérdida de investidura.

Asimismo, en el artículo 8, uno de los más controversiales para la destitución de un senador, se tuvo un empate en la votación a favor de la mayoría simple, propuesta de Desirée Masi, y la otra moción por la mayoría absoluta, de Víctor Ríos, por lo que el punto fue finalmente rechazado y se mantiene la mayoría simple, como establece la Constitución Nacional.

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Otro de los puntos cuestionados del proyecto es el artículo 14, que establece que en caso de que no se inicie el proceso en un plazo de cinco meses, la denuncia será archivada con los efectos previstos en el artículo anterior.

El artículo 13 menciona que en caso de que no se encuentren fundamentos constitucionales suficientes para la pérdida de investidura, el indiciado conservará su banca y no se le podrá iniciar un nuevo proceso basado en los mismos hechos.

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