La resolución fue firmada por los ministros Víctor Ríos y César Diesel, a más del camarista Juan Carlos Paredes, que integró la Corte en reemplazo del ministro Gustavo Santander, quienes entendieron que la presentación cumplía con los requisitos para su estudio en esa máxima instancia judicial.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por los abogados Raquel Talavera y Erick Ratzlaff, ataca la resolución del 14 de diciembre de 2022, de la jueza de Ejecución Sandra Kirchhoffer que rechazó el incidente promovido por la esposa de González Daher.
Además, la presentación es contra el fallo del Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, que declara inadmisible el recurso, el 14 de diciembre de 2022, a más de la sentencia 515 del 17 de diciembre de 2021, por la que se condena a Ramón González Daher a 15 años de cárcel, más la resolución del 22 de mayo del 2023 del Juzgado de Ejecución Penal.
Según explican, las resoluciones judiciales quebrantan sus derechos y garantías consagrados en los artículos 16, 17, incisos 1, 3, 8 y 9, |20 y 46 de la Constitución Nacional, a más de los artículo 8.2 h, del Pacto de San José de Costa Rica, concordantes con los artículos 2, 18, 23 y 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Finalmente, también habla de la Convención de Belem Do Pará, entre otros.
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La acción señala que las resoluciones son inconstitucionales porque Delcia Karjallo, esposa del condenado Ramón Mario González Daher, disponen la confiscación universal de bienes, cuentas bancarias, automotores e inmuebles, inclusive adquiridos en los años 70.
“Se la condena también a ella sin juicio previo, pues en dicho matrimonio rige la comunidad de bienes. Y al realizar el reclamo legítimo y legal que la misma no fue juzgada ni condenada sobre el 50% que le corresponde, se le niega la legitimación”, apunta.
Es más, dice que se le confisca también a ella, y luego, por la sentencia 515 (que condenó a RGD), remiten los antecedentes a la Fiscalía, para convalidar una condena y sanción (confiscación) ya resuelta por el Tribunal de Sentencia.
“Es decir, se le priva de todo derecho a la defensa en su condición de mujer, madre, esposa, abuela, se le condena a la confiscación, sin juicio previo, se le niega siendo afectada directa de recursos efectivos ante los tribunales de Justicia, se le da un trato discriminatorio”, afirma la accionante.
El ministro Víctor Ríos señala que la acción cumple con los requisitos exigidos por la ley para su estudio.
A este voto se adhiere el ministro César Diesel, que señala que corresponde dar trámite para su estudio a la acción promovida por los citados abogados en representación de Delcia Karjallo. Finalmente, el camarista Juan Carlos Paredes también se adhiere.
Con ello, la Corte le da trámite a la acción, libra oficio al Juzgado de Ejecución para que remita los autos principales, a más de fijar los días de notificaciones, entre otros.