13 jul 2026

“Indemnización contra el Estado” y la “Supersala Constitucional”, concitan fuerte discusión en la Corte

Lo que se inició como un pedido de informe de la Cámara de Diputados sobre la cantidad de fallos firmes sobre indemnizaciones contra el Estado trajo una fuerte discusión entre los ministros, lo que se agravó cuando Víctor Ríos dijo en forma irónica la “Supersala Constitucional”, por lo que su colega Eugenio Jiménez, pidió que se testara esa palabra.

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Corte. Hubo una fuerte discusión entre ministros del Máximo Tribunal.

Foto. Gentileza.

La sesión del pleno de la Corte Suprema estuvo para alquilar balcones cuando los ministros expresaron sus diferentes opiniones respecto a la competencia o no de los jueces del fuero Civil para fijar las indemnizaciones contra el Estado por los errores judiciales, y la discusión que se dio entre dos ministros del Máximo Tribunal.

Todo comenzó con un pedido de informe de la Cámara de Diputados sobre la cantidad de sentencias firmes de indemnizaciones contra el Estado Paraguayo por error judicial, en los últimos diez años.

También solicitaron datos e informes del monto total, los expedientes, los órganos judiciales, y si en esos casos se promovieron acciones de repetición contra los jueces y fiscales, la cantidad de acciones disciplinarias o comunicaciones al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados o Ministerio Pública, a más de medidas tomadas, respecto a la no repetición.

Ante esto, el ministro César Garay señaló que en el JEM ya tomaron conocimiento de las sentencias que se dieron contra el Estado por error judicial. “Nosotros estamos iniciando investigaciones respecto a las llamadas indemnizaciones”, dijo. Alegó que en el Código Procesal Penal, se tenía que no era competencia del juez Civil, sino el juez Penal.

Ante esto, el presidente de la Corte Alberto Martínez Simón expresó que disentía, sino que sí era competencia del juez Civil, ya que era una cuestión indemnizatoria, y ya lo falló la Sala Civil en varios casos.

El ministro Víctor Ríos se adhirió a la postura a más de señalar su preocupación porque el Jurado investigue a jueces por los fallos, ya que ni siquiera la Corte se había pronunciado sobre el tema, a más de que los magistrados eran falibles, y que por eso había instancias de revisión. Aseguró que le sorprendió el debate sobre la falta de competencia del juez Civil, y que en caso de que se equivocara habría las medidas correspondientes.

Después, el ministro Manuel Ramírez Candia sostuvo que no era su posición más bien del legislador paraguayo, y que el Código Procesal Penal habla de la indemnización por error judicial, a más del monto y la cuantía, a más de cuatro factores, por lo que simplemente lo señalaba.

Ríos replicó que tampoco el legislador le prohibía al ciudadano ir a pedir al juez civil que estableciera el monto y que el legislador paraguayo decía muchas cosas que luego la Corte señalaba que era inconstitucional. Lo que no estaba de acuerdo era en que se hostigue a los jueces por ese motivo, incluso amenazando a los jueces, ya que era un tema en discusión, donde no hay acuerdo, donde hay un debate importante no se podía estar sancionando al juez.

Sí eran los jueces civiles

El ministro Eugenio Jiménez se sumó a la postura de que sí eran los jueces civiles los que tenían competencia. Y dijo que estaban los recursos justamente por la posibilidad del error judicial. Además, que era una cuestión extracontractual, regulada en el Código Civil, creía que era de competencia del fuero Civil, y que el Código Procesal Penal (CPP), era sobre una cuestión específica.

La ministra Carolina Llanes agregó que el CPP establece vías opcionales, y que no se descartaba que el ciudadano reclame en el ámbito civil, y que no era competencia exclusiva y privativa del juez Penal, ya que este podía hacerlo cuando alguien lo solicitara, como el caso de la reparación del daño, pero es una cuestión más restrictiva, por lo que ambos fueros tenían competencia.

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Irónico. El ministro Víctor Ríos, quien habló de la “súper” Sala Constitucional.

Foto. Gentileza.

Eugenio Jiménez señaló que entendía que era solo para revisión.

Ramírez Candia sostuvo que el CPP expresaba que si el imputado o procesado no estaba de acuerdo, podía recurrir al juez Civil, pero para determinar el error o injusta, quién debía determinar la injusticia, debía ser el juez Penal. Es más, dijo que había casos en donde se ratificó la prisión preventiva.

Ríos afirmó que cómo se determinaría la injusticia, y que el juez Civil era tan juez como el Penal.

Ante esto, Ramírez Candia le dijo que era “juez de jueces”, a lo que el ministro Ríos señaló que no era así, y “supongamos que finalmente se equivoca el ministro Martínez, el ministro Jiménez, la ministra Carolina y yo que me adhiero a ellos, bueno, pero esto todavía no se definió por la Corte, cómo se le va a hostigar a jueces”, afirmó.

Remarcó que había aún discusión y que el Jurado podía destituir a un juez por no estar de acuerdo. Reclamó que con esto se mataba la autonomía judicial y que no había seguridad jurídica. El juez no podría construir su decisión al no tener referencia de la Corte ya que temería una decisión del Jurado.

Martínez Simón dijo que ya la Sala Civil se pronunció sobre varios casos de personas privadas de libertad que se pronunciaron. Citó el caso de Woronieski en el que le concedieron la indemnización. Dijo que se pasó el filtro de la competencia material, no hubo posición expresa, al resolver una excepción de incompetencia.

Ramírez Candia dijo que en la Sala Civil determinaron en varios casos, pero que no quería decir que la normativa sea diferente, y que nunca se cuestionó la competencia. La jurisprudencia no es obligatoria y lo que le preocupaba era la sanción del Jurado. “El jurado no sanciona por cuestiones interpretativas, es una posición reiterada del Jurado”, alegó.

“Supersala Constitucional”

Ríos se preguntó “de qué estamos hablando, cuando yo planteé el tema, la Sala Civil tenga su posición”. Añadió que “supongamos que no estamos de acuerdo con la Sala Civil, y no se expresó todavía la “Supersala Constitucional” (lo que causó risa al ministro Ramírez Candia). Entonces, ¿por qué se va a investigar a los jueces?”, se preguntó.

Dejó de lado lo que el Jurado no castigaba a los jueces, pero señaló que si suponían que el pleno decía que históricamente la Sala Civil se equivocó, al no haberlo, los jueces hacían lo que decía la jurisprudencia.

Fue ahí que el ministro Eugenio Jiménez, dijo que “como suelen ocurrir en las audiencias, pido que se testee eso de la “Supersala Constitucional”, lo de “super” solamente.

Esto generó el enojo del ministro Víctor Ríos, aclaró que era una ironía.

El ministro Luis María Benítez Riera aclaró que es la Sala Penal la que siempre determinó donde hubo error judicial, en el fuero Penal, y que luego iba al campo civil. Remarcó que no había jerarquías de salas. Se sumó a que los jueces civiles eran los competentes.

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Discusión. Eugenio Jiménez, a quien le molestó el término “súper”.

Foto. Gentileza.

Carolina Llanes le apoyó en el sentido de que cada Sala tenía sus funciones y que ninguna estaba por encima de la otra. Se pronunció también sobre la importancia de la Sala Penal, y que las cuestiones indemnizatorias eran optativas, y que el CPP no derogó al Código Civil.

Ríos reclamó la cuestión de testar algo que dijo un ministro y que no se podía solicitar eso. “Me parece de muy mal gusto que un ministro pida que se teste lo que diga otro”, apuntó. Remarcó que muchas veces no está de acuerdo, pero en todo caso marcaba la disidencia. Refirió que no estaba impedido de usar ironías, no correspondía.

Aclaró que nunca sostuvo que las salas tuvieran jerarquías, sino que tenían competencias. “El Poder Judicial no es una institución castrense”, dijo.

Afirmó que lo que dice es que la Sala Constitucional es de creación constitucional y las demás son de creación legal. Aclaró que no eran de distinta jerarquía, solo que tenía esa competencia específica.

Jiménez apuntó que se iban acercando las posiciones, desde el momento en que se habla de una “super” viene de superioridad y que no admitía eso. Tampoco le parecía argumento que la Constitucional esté en la Constitución. Celebraba que diga eso.

Ríos respondió que eso lo decía desde Diputados y que si no lo escucharon porque no era muy importante, pero que era “una enseñanza del maestro Binder”. Aseguró que había diferencias, ya que mañana el Congreso podía cambiar el nombre de las salas. Habló de la ironía, y hasta le leyó la definición de ironía.

Jiménez Rolón dijo que “estaban a mano”, que “una ironía se respondió con otra ironía”.

Ríos le reclamó que no fue ironía, ya que pidió que se testara lo que dijo.

Su colega le contestó que habrá escuchado el tono, a lo que Ríos replicó que dijo que se testara.

Jiménez apuntó que se había planteado una superioridad y eso era inaceptable.

La cuestión subió de tono cuando Ríos le señaló: “Que usted no entienda una ironía es otra cosa”.

“Lo que usted debe entender es que todas las salas tienen la misma jerarquía”, acotó Jiménez.

La discusión subió de tono y el ministro Alberto Martínez Simón intervino para bajar los decibeles. Además, aclaró que no le gustaba señalar lo de la instancia inferior, sino de la instancia previa, y que no eran superiores a nadie.

Al final, la cuestión quedó en que tenían que seguir revisando.

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