21 sept. 2025

Hasta mañana se podrá comercializar pescados almacenados

Hasta este domingo se podrán comercializar todos los pescados almacenados por acopiadores y comerciantes del país, dentro del período de veda pesquera, que ya fue establecido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

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Hasta mañana se podrá comercializar pescado almacenado, tras el inicio de veda pesquera.

Pixabay.

De acuerdo con la resolución emitida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), hasta este domingo se podrá comercializar todos los pescados almacenados por acopiadores y comerciantes del país, al solo efecto de agotar el stock.

Pescaderías, supermercados, restaurantes y comedores, que estén inscriptos en el Registro Nacional de Pesca y Pescadores, tienen un plazo de siete días corridos para la venta, tras el inicio de la veda pesquera. Como inició el pasado lunes, mañana se cumple el último día.

En caso de que no se haya agotado el stock de pescados que fueron extraídos en tiempo y forma, se deberá hacer una declaración jurada en la Dirección de Pesca y Acuicultura en las oficinas regionales del Mades.

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El período de veda que comenzó este lunes se extenderá hasta el 14 de diciembre en aguas compartidas con Argentina, en cambio, con el Brasil será hasta 31 de enero de 2019.

Los períodos se establecieron mediante la resolución N°177/18 del Mades, y rige para todo el territorio nacional. Afectará a los ríos Paraná, Paraguay y Pilcomayo, donde se realizarán los controles fluviales por parte de la cartera estatal encargada.

La cartera ambiental anunció este sábado que comitivas interinstitucionales integradas por técnicos de la Dirección de Pesca y Acuicultura, la Dirección Fiscalización Integrada Ambiental del ente y la Prefectura Naval, patrullarán en varios puntos estratégicos del país.

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También en zonas del río Tebicuarymi, donde funcionarios del Mades ya realizaron controles, con apoyo de la Asociación de Pescadores (Asoped) y la Policía Nacional.

Durante el período de veda pesquera está prohibida toda actividad de pesca, tanto comercial como deportiva, con fines de comercialización. Solamente está permitida para los casos de subsistencia, que deben ser realizadas con anzuelo, liñada o caña con o sin reel, desde la ribera. No está permitido el uso de embarcaciones.

Aquellas personas que no respeten la disposición ambiental se exponen a penas privativas de libertad de 1 a 5 años de prisión o multas que van desde G. 210 millones a G. 1.500 millones.

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