Esta situación hace que se alargue la espera de unos 107.951 alumnos distribuidos en 519 escuelas en 22 municipios, para la recepción de un vaso de leche acompañado de galletitas. Solo una vez superado el proceso burocrático, este beneficio podrá llegar a las escuelas de Alto Paraná. Como se trata de una licitación plurianual (2024-2025), ya se asegura la entrega de la merienda al inicio del año escolar para el año próximo. La cobertura es de 1.016 días por año y el monto de la inversión es de G. 55.000 millones.
“La DNIP ordena la reformulación del pliego de bases y condiciones en cuanto a las especificaciones técnicas correspondientes al ítem 2, galletitas dulce (sabor limón) y en el ítem 3 galletitas dulces (con chía o sésamo, sabor vainilla)”, reza la Resolución 831/2024.
El denunciante impugnó el ítem 2, relacionado con la elección del sabor limón, alegando un supuesto direccionamiento, existiendo otros sabores, además señala que la convocante no ha dado respuesta a las consultas realizadas. Al respecto, la resolución de la DNCP señala que “la convocante ha dado respuesta a todas las consultas de los potenciales oferentes en tiempo y forma; por ende, se desvirtúa este punto de la denuncia”.
En su descargo, la Gobernación de Alto Paraná refiere que la galletita sabor limón es un producto de referencia estándar, según se puede observar en la plantilla del sistema de información de Contrataciones.
Insiste en que se ajusta al proyecto de desayuno/merienda escolar autorizado por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). “Se aclara que esta institución departamental no pretende favorecer a ninguna empresa en especial o limitar la participación de los interesados”, señala.
Sin embargo, a criterio de la DNCP, a partir de las declaraciones y justificaciones realizadas por la entidad convocante, señala que ha obviado exponer las razones o justificaciones técnicas que sostengan el motivo de la elección del sabor limón.
Otro aspecto de la denuncia señalaba que las actas de visitas a escuelas ya estaban firmadas antes de los recorridos. “Ya antes del inicio del procedimiento, las empresas tenían firmadas las actas de visita, porque lo hicieron antes, con sus contactos en las escuelas. Esto es alevoso”, resalta.
La DNCP menciona que las empresas participantes deben presentarse en la Gobernación, y, mediante nota, solicitar la ubicación de las instituciones educativas donde realizarán la provisión de la merienda y al finalizar se expide la constancia de participación que debe ser adjuntada a la oferta con la orden de visita.
La convocante establece este requisito de manera que el oferente pueda tener la información necesaria para preparar su oferta, cotizar sus precios y garantizar el buen cumplimiento del contrato en caso de ser adjudicado.