28 oct 2026

Función Pública acepta error y pide disculpas

Por medio de un comunicado, la Secretaría de la Función Pública (SFP) admitió su error al remitir notas con los nombres de los senadores, diputados y miembros de la Corte Suprema con edad obligatoria para jubilarse, ya que “omitieron involuntariamente” lo que expresa su misma legislación.

Humberto Peralta

El ministro de la SFP, Humberto Peralta. | Foto: Archivo ÚH.

Supuestamente la intención de la SFP era la de “recordar” a todas las instituciones del Estado la vigencia de la Ley N.° 4252/2010 “Que modifica los artículos 3.°, 9.° y 10.° de la Ley N.° 2345/2003 “De reforma y sostenibilidad de la Caja Fiscal. Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público”, en donde se menciona la obligatoriedad de jubilación para funcionarios con 65 o más años de edad.

“Hemos omitido involuntariamente y asumimos institucionalmente la responsabilidad por ello, pidiendo las disculpas del caso”, explica el comunicado refiriéndose al artículo 2 de la Ley 1.626 de la Función Pública, en donde exceptúan a las autoridades que tienen cargos electivos de las disposiciones de la jubilación obligatoria a los 65 años.

“Al respecto, aclaramos debidamente que tanto las autoridades electas del Poder Legislativo (Honorables Senadoras y Senadores, así como Honorables Diputadas y Diputados Nacionales), y también las Ministras y los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, no se encuentran comprendidos en el régimen general de la Carrera Administrativa, es decir, cuentan con otros mecanismos de selección absolutamente diferentes al de los funcionarios administrativos y son únicamente los funcionarios administrativos a quienes se les aplica las disposiciones de la Jubilación Obligatoria a los 65 años de edad”, detalla la misma Secretaría.

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