19 jul. 2025

En la era de la denegación…

No. No te pueden negar la atención médica, consulta, estudios, primeros auxilios en un hospital público del Ministerio de Salud Pública (MSP) solo por tener seguro social del Instituto de Previsión Social (IPS).

Esta respuesta es contundente, especialmente tras el reciente caso de una embarazada que denunció que en el Hospital Distrital de Santa Rita del Ministerio de Salud Pública (MSP) no le quisieron hacer la cesárea con urgencias porque es asegurada del Instituto de Previsión Social.

Esto abrió el debate sobre: “¿Si tengo IPS, me pueden negar la atención en un hospital público?”.

Para mí, la respuesta era obvia, pero de la teoría a la práctica, es evidente que la respuesta es otra. Como este caso de la mujer a la que denegaron la atención y tuvo que viajar desde Santa Rita, Alto Paraná, hasta el Hospital Distrital de María Auxiliadora, en Itapúa, para acceder a la cesárea. Aunque el recién nacido presentó complicaciones y falleció. Por ello, los familiares realizaron la denuncia y cuatro funcionarios de Santa Rita están bajo sumario por esta circunstancia. La denegación tuvo en este episodio un desenlace fatal. La pregunta es, ¿cuántas muertes más se tienen que dar para que no vuelva a pasar un suceso similar?

No hay ningún documento, reglamento, resolución u otro documento que diga que si tenés seguro del IPS no te pueden atender en un hospital público.

El IPS es un seguro social que funciona con el aporte de los trabajadores. Tener este seguro no es un impedimento para acceder al sector público o consultar en el sector privado.

No se puede negar una atención médica a una persona con IPS o con seguro privado en un centro público porque el Ministerio de Salud Pública es el agente rector de la salud en este país. Y el acceso a la salud pública está regido y garantizado por la Constitución Nacional.

Es importante volver a repetir que el artículo 68 de la Constitución Nacional “Del derecho a la salud. El Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofe y de accidentes”.

Si a una persona le niegan atención en salud pública se debe denunciar ante el Ministerio de Salud Pública para que se tomen medidas y no se vuelva a repetir esta atrocidad.

Los testimonios en las redes sociales refuerzan las denuncias de que el suceso en Santa Rita no es un caso aislado, sino más bien un hecho muy frecuente en hospitales públicos, especialmente niegan la atención a embarazadas en el país de “Dios, patria y familia” y en el país de los “provida”.

Así como ese trabajador o trabajadora paga su aporte al IPS, también paga sus impuestos con los que se financian muchos servicios del Estado, por lo que aparte de estar garantizada la salud en la Constitución Nacional, también hace su aporte a las arcas del Estado.

La discriminación en los hospitales públicos a quienes tiene seguro de IPS es un hecho muy grave. Incluso, las cifras revelan que en este país –que sufre un desfinanciamiento grave en el sector de salud pública– solo 7 cada 10 personas no tienen seguro social, quienes, la mayoría de las veces dependen del Ministerio de Salud Pública. Incluso, muchos prefieren el servicio de salud pública por la confianza en el sistema y la accesibilidad, al contrario de lo que sucede en el IPS.

Amnistía refuerza este tema alegando: “El derecho a la salud es un derecho humano reconocido por el derecho internacional y debe garantizarse sin discriminación. Esto implica que el Estado paraguayo debe adoptar todas las medidas necesarias para asegurar de forma gradual el acceso a los servicios de salud de todas las personas”.

¿Cuántas muertes más tienen que suceder para que el Estado tome medidas drásticas para garantizar el acceso a la salud?

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