23 may. 2024

Emplazan para regularizar los carteles ubicados en franja de dominio público

Mediante el Edicto N° 01/2022, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) emplaza por treinta días corridos, a partir del 11 de enero pasado, a las empresas publicitarias, anunciantes y propietarios de carteles publicitarios colocados en la franja de dominio público, a fin de gestionar y/o regularizar los permisos correspondientes.

La cartera de Estado advierte que, si las empresas no se acercan a regularizar su situación, resolución mediante, se procederá a retirarlos de la vía pública y de la franja de dominio, a costa del infractor, de conformidad a los artículos 43° y 44° de la Ley N° 5.016/2014 “Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”. El MOPC informa que los trámites se gestionan a través de la Dirección de Vialidad de la institución.

El artículo 43 refiere que “se prohíbe colocar o mantener en la vía pública y franja de dominio, signos, demarcaciones o elementos que imiten o asemejen a las señales de tránsito; como también alterar, destruir, deteriorar o remover dichas señales o colocar en ella anuncios de cualquier índole”. El punto añade que no podrá colocarse en la vía pública y franja de dominio propaganda comercial, construcciones u otros elementos que afecten la visibilidad del conductor o la debida percepción de las señales de tránsito.

El artículo 44 determina que la autoridad competente reglamentará las condiciones de colocación de carteles, pasacalles u otra forma de propaganda comercial que no interfiera la visibilidad del conductor o la debida percepción de las señales de tránsito. Asimismo, podrá hacer retirar señales que no se ajusten a lo dispuesto en las normas.

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