07 oct. 2025

EEUU y el levantamiento de sanciones: Antecedentes y el caso Horacio Cartes

En 2025, EEUU levantó sanciones de varios grupos económicos ligados a políticas que cambiaron con respecto a la consideración de los hechos que motivaron el castigo económico. Personas y empresas ligadas a Venezuela, Rusia y Siria obtuvieron la reconsideración y levantamiento de designación en la lista OFAC.

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El ex presidente Horacio Cartes.

Foto: Andrés Catalán - ÚH.

A lo largo de los últimos años, la política de sanciones del Gobierno de Estados Unidos mostró un cambio significativo en su aplicación práctica. Aunque la inclusión en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) suele considerarse una medida de máximo alcance, varios antecedentes recientes demuestran que el levantamiento de sanciones es posible mediante un proceso legal formal conocido como petición de reconsideración (petition for reconsideration).

Este procedimiento, si bien complejo y riguroso, permite revisar casos en los que las circunstancias originales cambiaron o en los que se alegan errores de fondo o de identidad.

La OFAC, dependiente del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, administra y hace cumplir programas de sanciones económicas basados en los objetivos de política exterior y seguridad nacional del país.

Las designaciones se sustentan en órdenes ejecutivas, leyes federales o resoluciones internacionales, y pueden afectar tanto a individuos como a empresas, gobiernos o instituciones financieras.

Sin embargo, el mismo sistema prevé un canal legal para solicitar la revisión de una designación. La exclusión de la lista se gestiona a través de una solicitud escrita dirigida a la OFAC por correo electrónico.

La petición debe incluir argumentos sólidos y documentación que respalde el pedido, demostrando que los motivos originales ya no aplican o que la inclusión fue errónea.

La revisión interna puede durar varios meses, y si la OFAC considera que el individuo o entidad ya no cumple los criterios de sanción, se emite una resolución formal eliminándolo de la lista SDN.

Este proceso restaura el acceso al sistema financiero estadounidense y permite reanudar operaciones comerciales internacionales.

Antecedentes: Casos en los que se levantaron sanciones

En 2025, varios casos demostraron que la revisión y eventual exclusión de la lista SDN es posible, incluso en contextos políticos sensibles.

Uno de los ejemplos más citados es el del empresario D’Agostino, vinculado al régimen venezolano, quien en febrero de 2025 fue retirado de la lista SDN.

Francisco Javier D’Agostino, empresario venezolano con residencia en España, fue sancionado en 2021 por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de Estados Unidos, bajo la acusación de tener supuestas vinculaciones con el régimen de Nicolás Maduro y operaciones petroleras internacionales a través de sus empresas, como D’Agostino & Company Ltd., Elemento Oil & Gas Ltd y Element Capital Advisors Limited.

Tras una revisión exhaustiva de su caso, la OFAC determinó que no existían pruebas suficientes para justificar su permanencia en la lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN). Como resultado, los nombres de D’Agostino y sus compañías fueron eliminados de la lista, y se desbloquearon los activos que habían quedado congelados bajo jurisdicción estadounidense.

Este precedente marcó un punto de inflexión, demostrando que la OFAC está dispuesta a reevaluar sanciones con base en nueva evidencia o cambios sustanciales en las condiciones políticas o empresariales de los involucrados.

El 30 de junio de 2025, cuando la OFAC anunció el fin de un programa amplio de sanciones económicas contra Siria, eliminó 518 personas y organizaciones de la lista SDN, lo que marcó el cierre de un capítulo de medidas económicas vigentes desde hace años.

En el marco de la política de sanciones a Rusia, durante abril de 2025, se llevaron a cabo exclusiones de ciertos individuos y organizaciones, como parte de un proceso de revisión destinado a mantener un enfoque estratégico y garantizar la efectividad de las sanciones restantes.

Asimismo, la OFAC retiró en mayo de 2025 a varias personas designadas bajo la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros de Narcóticos (Kingpin Act), argumentando que las condiciones que justificaban su inclusión habían cambiado.

Finalmente, el 28 de mayo de 2025, se revocaron sanciones relacionadas con el programa de Yugoslavia, afectando a individuos que habían sido sancionados desde 2003, en un contexto de emergencia que ya había concluido, cerrando así un capítulo de medidas que habían quedado obsoletas.

El caso Horacio Cartes: De la designación a la exclusión

El ex presidente Horacio Manuel Cartes Jara fue incluido en la lista SDN el 26 de enero de 2023 bajo la autoridad de la Orden Ejecutiva 13818, que implementa la Ley Global Magnitsky (GLOMAG).

La OFAC determinó que Cartes, en su rol de funcionario público, había participado en actos de corrupción significativa, incluyendo la apropiación indebida de activos estatales, manipulación de contratos gubernamentales y sobornos.

Junto a él fueron sancionadas varias de sus empresas: Bebidas USA Inc., Dominicana Acquisition SA, Frigorífico Chajha SAE y Tabacos USA Inc., todas señaladas como entidades bajo su control directo o indirecto.

La medida congeló sus activos bajo jurisdicción estadounidense y prohibió a las instituciones financieras realizar transacciones con él o sus compañías. Además, el Departamento de Estado había declarado a Cartes como “significativamente corrupto” en julio de 2022, lo que implicó la revocación de su visa y la prohibición de ingreso a Estados Unidos, sanción que sigue vigente hasta hoy.

A lo largo de 2024 y 2025, la defensa del ex presidente inició una petición formal de reconsideración ante la OFAC, argumentando la modificación de las condiciones originales que motivaron la sanción y presentando pruebas documentales sobre la desvinculación de Cartes con algunas de las empresas sancionadas. La Tabacalera del Este SA (Tabesa), por ejemplo, había solicitado previamente su exclusión alegando que Cartes ya no figuraba como accionista.

Tras un proceso de revisión que se extendió por más de un año, la OFAC confirmó el 6 de octubre de 2025 el levantamiento de las sanciones económicas impuestas a Horacio Cartes y a sus empresas asociadas. La resolución permitió el restablecimiento de sus operaciones comerciales y financieras con el sistema estadounidense, y significó su exclusión oficial de la lista SDN.

El documento fue emitido bajo la dirección de Andrea Gacki, quien había firmado la designación original en 2023, y refleja la conclusión de que las condiciones iniciales que motivaron las sanciones ya no aplicaban.

En agosto de 2024, la entrada de Tabacalera del Este SA (Tabesa) en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) experimentó un cambio significativo, que no representó un levantamiento de sanciones, sino una actualización para mantener la designación bajo un fundamento legal diferente. Esto se dio luego de que Horacio Cartes vendiera su participación en la empresa, lo que llevó a la OFAC a ajustar el marco de la sanción.

Originalmente, Tabesa había sido sancionada bajo la denominada “regla del 50%”, que establece que cualquier entidad en la que participe en un 50% o más una persona designada, en este caso Cartes, puede ser incluida en la lista SDN. Tras la venta de acciones, la OFAC reimplantó la sanción bajo la Orden Ejecutiva 13818, que implementa la Ley Global Magnitsky (Glomag). El Tesoro estadounidense argumentó que, aunque Cartes ya no era propietario, la empresa seguía proporcionando apoyo financiero al ex presidente, justificando así la continuidad de la sanción bajo una nueva base legal.

Levantamiento económico no implica exoneración política

Es importante subrayar que el levantamiento de sanciones por parte de la OFAC no equivale a la absolución política o diplomática. La designación de Cartes como “significativamente corrupto” por el Departamento de Estado continúa vigente y mantiene la prohibición de ingreso a Estados Unidos para él y sus familiares directos.

La diferencia entre ambas medidas radica en su naturaleza: las sanciones de la OFAC tienen un componente económico y financiero, mientras que las designaciones del Departamento de Estado responden a criterios diplomáticos y éticos, con base en la política exterior estadounidense.

En ese sentido, el caso Cartes se inscribe en una categoría particular: la de levantamientos parciales de sanciones, donde se restablece la capacidad económica y comercial del afectado, pero se mantiene la sanción moral y política en el ámbito diplomático.

Paraguayos que siguen en la lista

El ex vicepresidente Hugo Velázquez fue sancionado en enero de 2023 por presunta participación en actos de corrupción durante su gestión. A diferencia del ex presidente Horacio Cartes, no se informó de ningún proceso de exclusión de la lista SDN de la OFAC en su caso, por lo que mantiene las restricciones económicas y financieras impuestas.

En el ámbito empresarial y criminal, Kassem Mohamad Hijazi y su hermano Khalil Ahmad Hijazi fueron sancionados en agosto de 2021 por su presunta participación en una red de lavado de dinero y contrabando operando principalmente en la zona de Ciudad del Este. La red también involucró a Liz Paola Doldán González, quien recibió sanciones en la misma fecha por su participación en estas actividades ilícitas.

Finalmente, en el ámbito judicial, Jorge Bogarín Alfonso, ex miembro del Consejo de la Magistratura (CM) y del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), fue designado en marzo de 2023 como “significativamente corrupto” por el Departamento de Estado de EE UU, sumándose a la lista de funcionarios públicos afectados por medidas diplomáticas y éticas.

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