11 oct. 2025

Diputados acusa ante el JEM a camaristas que liberaron a abogado que agredió a funcionaria

La Cámara de Diputados acusó ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), a los camaristas del Alto Paraná, Raúl lnsaurralde Galeano, Efrén Giménez Vázquez y Marta Acosta lnsfrán, por la liberación del abogado Walter Acosta, quien había agredido a la funcionaria Lourdes Sosa, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).

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El caso. El abogado Walter Acosta fue captado por la cámara de un teléfono minutos antes de agredir a una fiscalizadora.

Foto: Archivo ÚH.

La acusación se suma a la que había hecho anteriormente la Cámara de Senadores, con lo que el mismo pasó al Departamento de Asuntos Legales y Secretaría Jurídica del JEM, con lo que será estudiado en sesión de esa instancia. La presentación la hizo el abogado Máximo Medina, director general de Asuntos Jurídicos de la Cámara Baja.

Los tres camaristas Raúl Antonio lnsaurralde Galeano, Efrén Giménez Vázquez y Marta Isabel Acosta lnsfrán son miembros del Tribunal de Apelaciones, Primera Sala de la Sexta Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

En el caso, el abogado Walter Acosta fue imputado por la Fiscalía por supuestos hechos de coacción, coacción grave y resistencia, tras agredir físicamente a la ingeniera Lourdes Sosa Cuevas, funcionaria fiscalizadora del INTN, durante una intervención de fiscalización en la estación de servicios 3 Fronteras en Alto Paraná.

Según dice la acusación, “la agresión fue de carácter violento y directo, consistiendo en una bofetada propinada por el imputado, acompañado de expresiones intimidantes hacia varios funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones, lo que agravó el contexto de la conducta”.

Lea más: Cámara levanta orden de captura de abogado violento que agredió a funcionaria del INTN

Remarca que a raíz del caso y la conducta evasiva del imputado, la fiscala Rocío González solicitó la declaración de rebeldía y la emisión de orden de captura, lo que fue admitido por el juez de Garantías de Santa Rita Bernardo Silva Vera.

“No obstante, pese a encontrarse el imputado en situación de rebeldía procesal, presentó un recurso de apelación general contra la disposición judicial que ordenaba su captura, litigando sin haberse presentado ni sometido a la jurisdicción del Tribunal”, afirma.

“En flagrante transgresión al principio de legalidad, los camaristas Raúl lnsaurralde, Efrén Giménez y Marta Acosta, miembros del Tribunal de Apelaciones, Primera Sala de la Sexta Circunscripción Judicial de Alto Paraná revocaron la orden de captura”, explica la acusación.

Desde la clandestinidad

La resolución se dio el 25 de marzo de 2025, “habilitando la posibilidad de que un imputado prófugo ejerza actos procesales desde la clandestinidad, en abierta vulneración de las normas procesales, de los principios rectores del proceso penal y de las garantías constitucionales de legalidad, imparcialidad e igualdad ante la ley”.

Con ello, dice que se violaron los artículos 253 de la Constitución, 14, incisos b y g, del JEM, incumplir de forma grave las obligaciones previstas en la Constitución y la ley, a más de mostrar manifiesta parcialidad e ignorancia de las leyes, y los artículos 82, 83 y 249 del Código Procesal Penal.

“La declaración de rebeldía conlleva la suspensión legítima y fundada del ejercicio de facultades procesales por parte del imputado, en tanto su incomparecencia deliberada representa una renuncia tácita –aunque revocable– al principio de sujeción jurisdiccional”, alega.

“La habilitación de recursos promovidos desde la clandestinidad constituye una grave desviación del debido proceso, vulnera el principio de lealtad procesal y mina la coercibilidad y autoridad de las resoluciones judiciales. Permitir que quien se sustrae voluntariamente del poder jurisdiccional litigue desde la ilegalidad equivale a institucionalizar el abuso del derecho y fomentar la impunidad”, acota la acusación.

Después, remarca la gravedad del caso, y pide al JEM que admita la acusación formal contra los camaristas por mal desempeño en sus funciones jurisdiccionales, a raíz de la resolución que revocó la orden de captura del imputado Walter Acosta.

Solicitan la apertura del enjuiciamiento de los magistrados, y finalmente, se dicte la destitución de los tres camaristas.

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