21 may. 2024

Defensoría del Pueblo habla de persecución y niega cobro irregular

Funcionarios de la Defensoría del Pueblo aseguraron que la abogada Diana Vargas —quien denunció que la institución se convirtió en “una agencia recaudadora"— está realizando una “campaña de desprestigio” y “persecución” a la entidad. Si bien negaron realizar cobros irregulares, reconocieron que “no están exentos de cometer errores”.

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Representantes de la Defensoría del Pueblo negaron cobro irregular a objetores.

Foto: Raúl Cañete

Pedro Santacruz, director de Asuntos Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, aseguró este viernes que la abogada Diana Vargas, quien denunció presuntos cobros irregulares a los objetores de conciencia, está realizando “una persecución” a la entidad y negó que se les haya cobrado a objetores de forma irregular.

La profesional del Derecho reveló que al primer joven que pagó como objetor se le cobró como si hubiese declarado a los 11 años y que existen casos similares.

“Es una interpretación tergiversada, sesgada y hasta si se quiere malintencionada. (La abogada) hace una mala interpretación, realmente esto ya es una persecución. Realizó también una denuncia ante la Fiscalía. Es evidente que es una campaña de desprestigio a la Defensoría misma y al servicio militar obligatorio”, expresó.

De acuerdo con la directora de Objeción de Conciencia de la Defensoría, Noelia Monges, en la base de datos tienen registrado que el primer joven al que cobraron se inscribió cuando tenía 20 años y que en ese entonces se le emitió su carnet “provisorio”.

Posteriormente, para el 2019 realizó el pago de cinco jornales mínimos, después de que la ley de objeción de conciencia se haya reglamentado, y que ahí ya se le otorgó el carnet “definitivo”.

Nota relacionada: Defensoría cobró a objetor como si se hubiese declarado a los 11 años

Si bien negaron el caso, así como también rechazaron que se le haya cobrado más de lo que está establecido, Augusto Rolón, director operativo del mismo departamento de la Defensoría del Pueblo, reconoció que “no están exentos de cometer errores” y que hacen un “trabajo exhaustivo” para evitar ese tipo de errores.

Reglamentación de la ley

Pedro Santacruz explicó los alcances de la Ley 4013, que reglamenta el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio y establece el servicio sustitutivo.

Al respecto, dijo que todos aquellos que hayan dejado constancia de su objeción de conciencia ante la Cámara de Senadores quedan exceptuados de realizar el trámite ante la Defensoría del Pueblo, pero no así de pagar.

“Esa es la excepción que hacen, no al pago. Aclaro esto porque anteriormente el trámite se hacía ante el Senado. Luego, con la nueva reglamentación, se establece que ya debe hacerse ante la Defensoría”, explicó el funcionario.

A su vez, indicó que la suma actual que debe pagar un objetor es de G. 421.700 y que, “pese a que el salario mínimo ya aumentó”, el monto sigue vigente a la fecha. Manifestó que ya se presentó un dictamen para aumentar el costo de la contribución.

El funcionario especificó que todos los que deseen ser objetores pueden optar por el servicio sustitutivo; es decir, realizar algún voluntariado, o abonar los cinco jornales mínimos “para actividades diversas no especificadas”.

En tanto, señaló que sí existe exoneración para quienes se declaren insolventes. Una vez que en la Defensoría se realiza el pago, el dinero se deposita en el Banco Nacional de Fomento (BNF), con destino al Ministerio de Hacienda.

La normativa establece que la declaración del objetor debe ser formulada, “a más tardar, dentro de los veinte días siguientes al que correspondería que fuere enrolado a las Fuerzas Armadas para prestar dicho servicio” y que “se hará en forma escrita y dirigida al defensor del Pueblo”.

“El defensor del Pueblo se encargará de recibir las solicitudes y de someterlas, sin más trámite, a la consideración del organismo de aplicación de la presente ley”, refiere el artículo 6 de la normativa, mientras que designa como autoridad de aplicación al Consejo Nacional de Objeción de Conciencia al Servicio Militar Obligatorio.

Además de la Defensoría, dicho órgano está conformado por la Comisión Permanente de Derechos Humanos de ambas cámaras del Congreso Nacional y un representante de los objetores, quien debe ser elegido “por sorteo” entre los que hayan presentado su declaración en los últimos cinco años de promulgada la ley.

La abogada Vargas dio a conocer recientemente que el primer joven al que le fue cobrado como objetor, en el 2019, cuando se hace la reglamentación de la ley, tenía en ese momento 20 años, por lo que en el 2010, cuando entró en vigencia la normativa, solo tenía 11 años, por lo que no pudo haberse declarado objetor.

Lea también: Dossier cuenta con 500 páginas de denuncias contra Miguel Godoy

Además, manifestó que son más de 4.000 las personas en situaciones similares, solo entre el 2018 y el 2021, y que ninguna de ellas debió pagar, porque no se declararon objetores antes del 2010, y en ese tiempo ninguna tenía la edad para la objeción de conciencia.

Las declaraciones de la profesional del Derecho fueron incluidas entre las 50 causales del libelo acusatorio redactado por el tercer espacio de la Cámara de Diputados contra el defensor del Pueblo, Miguel Godoy, quien se encuentra en el foco de las críticas y denuncias por presuntos maltratos en la institución a su cargo y otros hechos.

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