La Ley N.º 5.777/16 define la violencia contra la mujer como toda conducta que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, sicológico, patrimonial o económico a una mujer por su condición de tal, en cualquier ámbito, en el marco de relaciones desiguales de poder y discriminación.
El Juzgado de Paz es la instancia encargada de resolver sobre las medidas urgentes de protección para mujeres en situación de violencia, así como para sus hijos, hijas y personas dependientes. Constituye una institución clave del Sistema Estatal de Protección a la Mujer ante hechos de violencia y una de las principales puertas de acceso a la Justicia. El procedimiento para establecer estas medidas está contemplado en la Ley N.º 1.600/2000.
La abogada Alejandra Peralta explicó a Última Hora que la orden de alejamiento es una medida de protección dispuesta por los jueces de paz que restringe el acercamiento del agresor a la víctima, incluso hasta una distancia de 500 metros, según lo establecido en la resolución judicial.
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Peralta advirtió que la respuesta de la Policía Nacional para garantizar el cumplimiento de estas medidas resulta insuficiente. Señaló que la falta de capacidad para intervenir a tiempo, anticipar situaciones de riesgo y establecer mapas de riesgo puede generar un efecto contraproducente.
“El hombre tiene la idea de que la mujer es de su propiedad y tiene poder sobre ella. Piensa: ‘¿Quién se cree para denunciar?’. El problema se agrava cuando la Policía no puede defenderlas”.
“Esto tiene un efecto bumerán y se convierte en un arma mortal”, alertó.
La abogada también señaló que muchas víctimas enfrentan dificultades para denunciar a sus agresores y que, en ocasiones, toman esa decisión cuando su vida o la de sus hijos ya está en peligro. Denunciar al padre de sus hijos o a quien constituye el sostén económico de la familia puede resultar especialmente difícil, explicó.
Asimismo, indicó que la imposición de una orden de alejamiento puede intensificar la ira del agresor, especialmente cuando se le excluye del hogar o se le prohíbe acercarse a la víctima.
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“Cuando no se tiene la capacidad de reacción de la Policía Nacional, la mujer se siente más desprotegida. El hombre tiene la idea de que la mujer es de su propiedad y tiene poder sobre ella. Piensa: ‘¿Quién se cree para denunciar?’. El problema se agrava cuando la Policía no puede defenderlas y termina persiguiéndola”, expresó.
Peralta recordó el caso de Deisy Paola Giménez, de 22 años, víctima de feminicidio la semana pasada en Lambaré, Departamento Central. Según relató, el agresor habría manifestado que, si iba a ir a la cárcel por incumplir la orden de alejamiento, cometería un hecho aún más grave. Finalmente, terminó quitándole la vida a la joven.
¿Realmente se cumple una orden de alejamiento?
Consultada sobre el cumplimiento de las órdenes de alejamiento, la abogada Alejandra Peralta sostuvo que, en la gran mayoría de los casos, estas medidas no se respetan. Como indicio, señaló la cantidad de denuncias por desacato que llegan a la Fiscalía.
“En caso de incumplimiento, el caso pasa a la Fiscalía y hay una enorme cantidad de denuncias. Eso da la pauta de que no se respeta en la mayoría de los casos. No existe el control. Si la persona tiene una orden de alejamiento y no tiene arresto domiciliario, incluso con esta medida tampoco se cumple”, agregó.
A criterio de la abogada Alejandra Peralta, la tobillera electrónica es una herramienta eficaz para detectar si una persona sometida a arresto domiciliario sale del perímetro establecido, ya que el sistema puede generar una alerta para las autoridades policiales.
“Tenemos que reforzar la capacidad de reacción de la Policía y garantizar que intervenga en un tiempo prudencial que le permita a la víctima ponerse a salvo”.
Sin embargo, señaló que, cuando el agresor no cuenta con arresto domiciliario, es necesario implementar mecanismos de protección adicionales, como dispositivos de alerta para las víctimas y códigos de pánico que permitan dar aviso inmediato a la Policía Nacional ante una situación de peligro.
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Peralta advirtió, no obstante, que la efectividad de estos mecanismos también depende de la capacidad de respuesta de la Policía Nacional. En ese sentido, cuestionó los tiempos de atención y llegada de los agentes ante las llamadas al Sistema de Emergencias 911, que, según indicó, pueden demorar varios minutos.
“Tenemos que reforzar la capacidad de reacción de la Policía y garantizar que intervenga en un tiempo prudencial que le permita a la víctima ponerse a salvo”, expresó la abogada Alejandra Peralta.
Para ilustrar esta situación, sostuvo que los agentes deberían llegar en un plazo de entre cinco y siete minutos al lugar donde el agresor haya salido del perímetro establecido o se haya acercado a la víctima, en incumplimiento de la orden de alejamiento.
Según explicó, ante una situación de este tipo, se debe comunicar el incumplimiento al Juzgado para que el juez evalúe la aplicación de medidas más severas, como el arresto domiciliario o, eventualmente, la prisión preventiva. A criterio de la profesional, estas medidas podrían contribuir a prevenir nuevos hechos de violencia y evitar un feminicidio.
Peralta también recordó que la orden de alejamiento busca proteger a la víctima en los distintos lugares donde se encuentre. Por ello, consideró fundamental contar con mecanismos de monitoreo y dispositivos de alerta que permitan detectar el acercamiento del agresor y facilitar una respuesta rápida de las autoridades.
La orden de alejamiento sale en menos de 24 horas
La abogada Alejandra Peralta explicó que la orden de alejamiento puede dictarse en menos de 24 horas después de una denuncia, debido a que se trata de una medida urgente de protección para la víctima.
Sin embargo, señaló que no en todos los casos se concede esta medida de forma inmediata, ya que puede ser necesario evaluar los elementos presentados para respaldar el relato de la víctima. En situaciones de violencia física, indicó que la existencia de lesiones u otros indicios puede facilitar la adopción de la medida.
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Posteriormente, ambas partes son convocadas a una audiencia, con horarios diferenciados para evitar que coincidan. Según explicó la profesional, la orden de alejamiento puede tener una vigencia de hasta un año.
Peralta aclaró que el Juzgado de Paz tiene competencia para disponer medidas de protección, mientras que la Fiscalía debe continuar con la investigación penal de los hechos denunciados como violencia familiar, un delito que contempla una expectativa de pena de hasta seis años de prisión, según las circunstancias y la legislación aplicable.
En cuanto al procedimiento, explicó que el Juzgado comunica la medida a la Policía Nacional, que debe notificar al denunciado sobre las restricciones impuestas.
Alto índice de casos de violencia y abusos sexuales en niños
La abogada Alejandra Peralta explicó que la violencia suele producirse de forma escalonada y que existen señales de alerta que permiten identificarla desde sus primeras manifestaciones. Entre ellas, mencionó los celos excesivos, el control del celular, los intentos de decidir cómo debe vestirse la pareja y las prohibiciones de visitar a familiares.
“Así empieza, luego continúa con violencia verbal, con insultos; posteriormente, pasa a la violencia física o a las amenazas de muerte contra los hijos o los padres de la víctima. Tenemos que reconocer las primeras señales y salir ante el primer indicio de violencia”, expresó.
Por último, la abogada Alejandra Peralta instó a las instituciones del Estado a incluir la violencia de género y los abusos sexuales contra niños, niñas y adolescentes entre sus prioridades, al advertir sobre la gravedad de estos problemas en Paraguay.
“Hay que entender que tenemos que tomar esto como un problema prioritario, ya que el Estado hace alarde de la protección de las familias. Para eso, se debe articular el presupuesto necesario para la compra de tobilleras electrónicas, el fortalecimiento tecnológico, la capacitación de la Policía Nacional y la creación de más juzgados especializados en violencia contra la mujer”, señaló.
Finalmente, recomendó a las mujeres que sufren violencia acudir lo antes posible al Juzgado de Paz correspondiente, donde pueden solicitar medidas de protección a través de los procedimientos establecidos para estos casos.
“No hay sistema de protección efectiva para mujeres en Paraguay”, dice criminólogo
Juan Martens, abogado y criminólogo aseguró que “en este momento no tenemos en Paraguay un sistema de protección efectiva para mujeres, tampoco una evaluación del riesgo de feminicidio”.
A su vez, enfatizó que cuando una mujer denuncia violencia, el Juzgado de Paz debe hacer el riesgo que corre la víctima y clasificar en alto, medio o bajo y establecer medidas.
“Aquí no hay porque aquí no creen en las victimas, creen que ellas exageran, mienten, hay un machismo estructural que presenta a las víctimas como mentirosas, hay denuncias que ni se registran no se pueden activar protocolos, porque no hay evaluación de riesgos y los mismos operadores (policías) no creen en las victimas. Les presentan a las víctimas como exageradas.
Al ser consultado en qué casos una orden de alejamiento funciona como factor de protección, respondió que “de por sí no funciona” y afirmó que se necesita tobillera y un monitoreo permanente de la tobillera ya que “en ese caso funcionaría”.
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Mencionó que es mínimo el registro que maneja de la implementación de las tobilleras electrónicas y que en muchos de los casos se les otorga a personas que salen de las penitenciarías por otros casos que no son de violencia familiar.
El abogado advirtió que se tiene que avanzar con un sistema obligatorio de evaluación del riesgo de feminicidio y adelantó que la próxima semana desde la Universidad Nacional de Pilar se presentará a la Corte Suprema de Justicia un proyecto sobre los criterios de evaluación.
El abogado explicó que uno de los factores que deben tenerse en cuenta al evaluar el riesgo de feminicidio son los antecedentes de violencia y el incumplimiento reiterado de las normas por parte del agresor.
A su consideración, el agresor habitualmente ya tiene un trastorno de personalidad antisocial y asegura que es una persona que no le importa violar las normas, lo hace con frecuencia y generalmente ya cuenta con antecedente por violencia.
“Aquí no creen en las victimas, creen que ellas exageran, mienten, hay un machismo estructural que presenta a las víctimas como mentirosas, hay denuncias que ni se registran”.
“Si alguien trató de estrangularte, es muy probable que pueda llegar a cometer un feminicidio. Es decir, entre los golpes, si alguien intentó estrangularte, estaría dispuesto a matarte. También hay que tener en cuenta a quien ya tiene antecedentes de violencia con una pareja anterior”, advirtió.
Por último, Martens sostuvo que el comportamiento del agresor responde a un problema de convivencia y de respeto a las normas sociales, por lo que consideró que no se trata de una cuestión que pueda resolverse únicamente mediante un tratamiento psicológico.
Orden de alejamiento puede volver más violento al agresor, dice la Policía
La comisaria Nilsa Robles, jefa del Departamento de Violencia Intrafamiliar de la Policía Nacional del Área Metropolitana, explicó que, cuando el agresor se entera de que tiene una medida restrictiva, su comportamiento puede volverse más violento y puede buscar otras formas de acercarse a la víctima.
“Le cambia más de mentalidad, le vuelve más agresivo, eso le restringe y busca más mecanismos para acercarse a su víctima”, señaló.
Cuando la Policía recibe el oficio judicial, notifica al denunciado y realiza un acta de constitución en su domicilio. Posteriormente, esta diligencia debe ser comunicada al Juzgado de Paz correspondiente.
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Robles indicó que las denuncias por violencia pueden presentarse en las comisarías, la Fiscalía y los juzgados de paz. Asimismo, cuando un hospital toma conocimiento de un caso, puede comunicarlo de oficio a las autoridades competentes.
Las mujeres víctimas de violencia pueden recibir asistencia psicológica y también ser derivadas al Centro Ciudad Mujer, ubicado en Villa Elisa, Departamento Central, donde funciona un albergue transitorio. No obstante, según explicó, muchas optan por refugiarse en las viviendas de sus familia.
Víctimas no quieren denunciar
Hay casos en los que las víctimas presentan lesiones y, pese a ello, se resisten a denunciar a sus agresores por temor a las consecuencias.
“Dicen que no le quieren perjudicar. El ciclo de violencia es así: algunas lo normalizan y, en ocasiones, dependen económicamente de esa persona o tienen hijos en común. De igual manera, se les brinda asistencia médica y comunicamos el caso a la Fiscalía, que determina la aprehensión del agresor”, agregó la comisaria Nilsa Robles.
Robles señaló que la Policía Nacional proporciona a las víctimas números de contacto para que puedan denunciar de inmediato si detectan la presencia de su agresor en las cercanías.
Asimismo, explicó que, en algunos casos, el Juzgado de Paz o la Fiscalía dispone controles aleatorios en el domicilio de la víctima, que pueden realizarse dos veces por semana o incluso a diario, según lo establecido por las autoridades.
Dificultades para la Policía Nacional
En Asunción funcionan cinco oficinas especializadas en violencia intrafamiliar, ubicadas en las comisarías 2.ª, 6.ª, 7.ª, 9.ª y 15.ª del área metropolitana. Sin embargo, no todas cuentan con patrulleras propias, por lo que trabajan de manera coordinada con otras dependencias policiales.
“Las comisarías están obligadas a tomar la denuncia, venga de donde venga, y luego se comunica a la comisaría correspondiente”, expresó la comisaria Nilsa Robles.
La jefa policial señaló que una de las principales dificultades es que algunos juzgados de paz entregan a las víctimas los oficios con las órdenes de restricción para que ellas mismas los acerquen a la comisaría correspondiente.
“Ahí no nos llega de manera inmediata la orden; hay falencias en la comunicación. Las víctimas no vienen el mismo día y, a veces, tardan tres días en venir”, explicó.
“Las comisarías están obligadas a tomar la denuncia, venga de donde venga, y luego se comunica a la comisaría correspondiente”
Policía pide que el victimario sea sometido a una asistencia sicológica
La comisaria Nilsa Robles consideró que la orden de alejamiento es una medida de protección importante, aunque advirtió que no siempre es posible conocer cómo reaccionará el agresor ante la restricción. En ese sentido, sostuvo que también es necesario abordar la conducta de quienes ejercen violencia.
“Del otro lado está el problema: que salga una medida obligatoria para que el victimario se someta a asistencia psicológica, para que se le evalúe. Si no asiste, que se comunique el desacato y se cumpla la prisión preventiva. Luego, el uso de tobilleras es muy importante”, expresó.
Por último, Robles señaló que, tras los últimos casos de feminicidio e intentos de feminicidio registrados, la Policía Nacional detectó un aumento de las denuncias por violencia familiar.
“A las mujeres se les protege. De repente, ya escapan de nuestras manos las posibilidades y, tristemente, se termina en un desenlace fatal”, concluyó.
Cifras de feminicidios en Paraguay
El Observatorio del Ministerio Público informó a Última Hora que, hasta este martes 13 de octubre, se registraron 21 víctimas de feminicidio en lo que va del año. Estos hechos dejaron 36 hijos huérfanos, 26 de ellos menores de edad.
Uno de los casos más recientes y resonantes fue el de Deisy Paola Giménez, de 22 años, ocurrido el jueves pasado en Lambaré, Departamento Central.
Según la investigación, el presunto autor del crimen es su expareja, Aldo Alexis Duarte Moreira, de 26 años, quien fue imputado por feminicidio y homicidio doloso y cumple prisión preventiva. El hombre habría acabado con la vida de la joven con dos disparos de arma de fuego en la cabeza.
Deisy Paola había denunciado a su expareja por violencia familiar el pasado 18 de setiembre. Además, el hombre tenía una orden de alejamiento que le prohibía acercarse a la víctima.