15 oct 2026

El Jurado se rectifica y deja sin efecto enjuiciamiento a juez por hecho punible

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) dejó sin efecto el enjuiciamiento del juez en lo Civil y Comercial de Santa Rosa del Aguaray, Nelson Antolín Mercado Portillo, por comisión de hechos punibles. Dijeron que no pueden hacer uso de su facultad oficiosa, aunque remiten los antecedentes al Ministerio Público.

IMG-20261015-WA0075.jpg

Sesión. El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados rectificó su resolución respecto al juez Nelson Mercado.

Foto. Gentileza.

En la sesión de esta mañana, varios integrantes del Jurado rectificaron su voto respecto a la causa abierta contra el juez en lo Civil y Comercial de Santa Rosa del Aguaray, Departamento de San Pedro, Nelson Mercado.

Es que, en la sesión pasada, por primera vez, el JEM dispuso el enjuiciamiento del magistrado por comisión de hecho punible, sin que haya una causa abierta y mucho menos la imputación contra el magistrado.

En el caso, supuestamente el mismo solicitó 30 mil dólares en un juicio de regulación de honorarios y le habían entregado 15 mil, según chats de una procesada en una causa.

El diputado Alejandro Aguilera fue el preopinante. Señaló que sobre la causal de comisión de hecho punible, la potestad de abrir una investigación por parte del JEM se encuentra supeditada a la existencia de un proceso penal como un requisito sin el cual el Jurado no se halla habilitado para abrir la investigación en dichos términos, apuntó.

Refirió que la propia redacción de la norma prevé que el procedimiento quedará suspendido hasta tanto se dicte resolución que ponga fin al proceso en el fuero Penal.

Lea más: JEM enjuicia a juez por comisión de delito sin que haya investigación fiscal

Con eso, dijo que con la interpretación a contrario sensu, se puede decir que sin la existencia del mismo no se podría ejercer acción oficiosa alguna por dicha causal debido a que no se podría suspender un enjuiciamiento a resultas de un proceso penal inexistente.

Dijo que es potestad del Ministerio Público el ejercicio de la acción penal pública y su valoración posterior. Con ello, pidió rectificar la resolución y que se deje sin efecto el enjuiciamiento respectivo.

Al final, tuvo mayoría de los votos, por lo que el Jurado resolvió por mayoría de votos no hacer uso de la facultad oficiosa prevista en el artículo 18 de la Ley N.° 6814/21, con relación al juez Nelson Mercado y además remitir los antecedentes de la causa al ministerio público conforme a los argumentos señalados.

De esta manera, se dejó sin efecto el enjuiciamiento de oficio del juez Abg. Nelson Mercado por la causal de la comisión de hechos punibles en uso de la facultad oficiosa prevista en el artículo 18 de la citada legislación.

La causa se había abierto por la publicación del medio El Observador. En el caso, la abogada Ilsa Paredes se encuentra procesada por la supuesta megaestafa de unos 1,6 millones de dólares contra productores y colonos menonitas en el Departamento de San Pedro.

El fiscal José Godoy Blanco, en la investigación de la causa, había incautado el teléfono de la abogada. De los cruces de llamadas es que aparecieron los chats con el magistrado Mercado Portillo, quien tiene una regulación de honorarios.

El 5 de octubre pasado, el juez Civil, Comercial y Laboral de Santa Rosa del Aguaray, Nelson Mercado, presentó su informe y descargo ante el JEM.

Más contenido de esta sección
Las víctimas de la mafia de los pagarés hacen una mirada a los conflictos políticos y abrazos republicanos de los últimos días, evidenciando que la trama que siguen padeciendo miles de afectados no se tiene como urgencia: “Para la clase política, la prioridad es salvar su hegemonía; para el pueblo, la prioridad es sobrevivir”, cuestionan
El Tribunal de Sentencia rechazó el recurso de la defensa del ex juez de Paz Víctor Nilo Rodríguez, quien había recurrido la fijación del 3 de noviembre próximo para el inicio del juicio oral en uno de los casos de la mafia de los pagarés. Sin embargo, los camaristas estudiarán de nuevo el fallo.
La jueza de Garantías de Capiatá, Norma Salomón, hizo lugar a la aplicación del procedimiento abreviado, con lo que condenaron a 3 años de cárcel a un hombre por crueldad animal. El condenado reconoció los hechos, donde mató a puñaladas al caniche Mateo, en la ciudad de Itauguá, porque la dueña no quiso darle dinero para su adicción.
Con motivo del día del bastón blanco, la Justicia ordenó la impresión en braille y realizó la lectura de sentencia definitiva a una pareja con discapacidad visual. El fallo fue dictado por la jueza de la Niñez y Adolescencia de Santa Rosa del Aguaray, Mónica Soledad Duarte, quien resolvió la adopción plena de una niña a favor de los recurrentes.
La Sala Penal de la Corte rechazó el pedido de aclaratoria que planteó la defensa del exgobernador de Presidente Hayes, Óscar Venancio Ñoño Núñez, contra el fallo que anuló el fallo que rechazó la recusación contra una jueza, con lo que desintegró el Tribunal de Apelación Penal que juzga su causa. El exgobernador de Presidente Hayes es hermano del presidente del Congreso Basilio Bachi Núñez.
El senador Rafael Filizzola (PDP) recusó al juez de Garantías Yoan Paul López por haber emitido opinión en el caso y por parcialidad y falta de independencia. Con ello, se suspendió la audiencia preliminar prevista para esta mañana sobre el caso comisarías.