20 sept. 2024

Covid-19: Gobierno decreta restricción total de tránsito de personas y vehículos

El ministro del Interior, Euclides Acevedo, anunció este viernes las nuevas medidas dispuestas por el Gobierno, que establecen la restricción total de la circulación de personas y vehículos, desde este viernes hasta el domingo 12 de abril.

Conferencia Euclides 2.jpg

El ministro del Interior, Euclides Acevedo, anunció la restricción total de personas y vehículos hasta el Domingo de Pascua.

Foto: José Molinas.

En una conferencia de prensa realizada en el Ministerio de Defensa, el ministro del Interior, Euclides Acevedo, dio a conocer el Decreto 3512, que establece la restricción total del tránsito de vehículos y personas, desde este viernes hasta el Domingo de Pascua.

Durante la vigencia del decreto, solo se podrá salir para adquirir alimentos, medicamentos y artículos de limpieza. No se debe incluir a menores de 18 ni a mayores de 60 años en la medida, salvo aquellas personas que ejerzan servicios médicos de urgencia o algún otro servicio imprescindible para la comunidad.

Puede leer: Intensos controles y cierres de accesos a algunas ciudades por cuarentena

Están exceptuadas a la disposición autoridades nacionales, departamentales, municipales, diplomáticas y representantes de organismos internacionales, cuyas funciones son consideradas impostergables.

Así también, pueden circular aquellos que prestan servicios públicos y privados, como así también servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia relacionado con equipos médicos y hospitalarios.

Entre las excepciones también aparecen personal de salud, fuerzas militares y policiales, y personas que deban asistir a otras con discapacidad, a niños y a adultos mayores.

Los trabajadores de medios de comunicación pueden circular, pero con una constancia de la función y horario de la cobertura en cuestión.

Supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para provisión de alimentos, continúan dentro de la excepción a la medida, como así también aquellos servicios de veterinaria para casos de urgencia.

Lea también: Más de 1.300 aprehendidos por no poder justificar su traslado durante cuarentena

Personal de mantenimiento de servicios básicos -agua, electricidad y comunicaciones- podrán circular con el personal mínimo necesario para realizar los trabajos. Asimismo, lo relacionado con la recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos y aquellos generados en establecimientos de salud y afines.

La lista además incluye a servicios funerarios y personas afectadas a las obras públicas, en general. En la zona urbana de la capital están autorizadas solo las obras relacionadas al área de la Salud.

Servicios de delivery de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica, podrán transitar de 5.00 a 23.00, salvo las farmacias que atienden las 24 horas. La entrega a domicilio de bebidas alcohólicas no está permitida en ningún horario.

Las estaciones de servicio y distribuidores de garrafas de gas solo podrán funcionar de 5.00 a 23.00.

Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero, continuarán normalmente.

Por último, el listado de excepciones menciona a las cadenas logísticas, como puertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga y servicios aduaneros de carga y descarga de mercadería.

El incumplimiento de las medidas establecidas en el decreto contempla sanciones conforme al Código Sanitario, la Ley 716/95 “Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.

Intendentes no pueden cerrar ciudad

En otro momento de la conferencia, Acevedo se dirigió a los intendentes, explicando que los mismos gozan de la autonomía municipal, pero “no quiere decir que se les otorgue prerrogativas para violar la Constitución Nacional”.

En ese sentido, señaló que el tránsito no está prohibido, sino que está “estrictamente restringido”, motivo por el cual los dirigentes comunales no tienen la potestad de cerrar una ciudad.

“Pueden vigilar, pueden controlar, pueden preguntar, pueden crear cordones sanitarios con funcionarios de Salud, de la Policía o del Ministerio Público, pero no tienen facultades para cerrar las ciudades. Eso es inconstitucional”, sentenció.

Más contenido de esta sección
Un equipo del Ministerio Público allanó un establecimiento en la comunidad Fortín Florida, Chaco, por un supuesto represamiento ilegal de un cauce hídrico denunciado por vecinos.
Una comitiva fiscal y policial llegó hasta la vivienda de un hombre de 36 años en Minga Guazú, Alto Paraná, que habría amenazado a su ex pareja con matar al hijo de ambos, un niño de 4 años. El niño fue puesto al cuidado de su abuela materna.
Un hombre que transportaba cajas de cigarrillos electrónicos en un automóvil fue interceptado por una gavilla de asaltantes que se llevó la carga, que, aparentemente, iba a ser enviada a Brasil de forma ilegal. El hecho ocurrió en Presidente Franco, Alto Paraná.
Este fin de semana arranca la primavera con un ambiente cálido a caluroso en todo el país. Se pronostican lluvias y tormentas eléctricas en algunos puntos de la Región Oriental, mientras que en el resto del país ya será baja la probabilidad de precipitaciones.
Una decisión del Tribunal de Apelación Penal Adolescente otorgó nuevamente la libertad a Juan Villalba, ex titular de la Policía Municipal de Tránsito de Asunción, al revocar la resolución del juez Osmar Legal que había ordenado la prisión preventiva del ex funcionario público imputado por violencia intrafamiliar.
El principal sospechoso de la muerte de Ismael Domínguez, agredido en un encuentro deportivo juvenil, quedó detenido este viernes tras presentarse ante la Fiscalía. El joven Jesús Roa, alias “Kapeluki”, se expone a una pena de 30 años de cárcel.