18 sept. 2025

Corte declara asueto por muerte de Gladys Bareiro de Módica

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró asueto judicial para este miércoles con motivo del fallecimiento de la ministra Gladys Bareiro de Módica.

Gladys Bareiro de Módica, ministra de la Corte..png

Foto: Archivo

La Corte Suprema de Justicia resolvió que ante la partida de la ministra Gladys Bareiro de Módica era necesario declarar asueto este miércoles en todas las circunscripciones del país, informó el periodista de Última Hora Raúl Ramírez.

Con ello se estableció que los plazos procesales que vencen en dicha fecha pasen a fenecer el jueves 19 de agosto.

La integrante de la máxima instancia judicial falleció el lunes luego de haber ingresado grave a un sanatorio de Asunción por un cuadro de apendicitis que, aparentemente, derivó en una infección generalizada.

Nota relacionada: Fallece la ministra de la Corte Gladys Bareiro de Módica

En el día de su fallecimiento, la Corte declaró duelo desde el martes 17 hasta el 19 de agosto en todas las sedes judiciales del territorio nacional.

Asimismo, el pabellón será izado a media asta en todos los edificios de la Corte.

Lea también: Tres días de duelo en el Poder Judicial tras fallecimiento de ministra

El titular de la Cámara de Senadores, Óscar Salomón, por su parte, emitió un comunicado por el cual, en nombre del Senado, expresó su pesar por el fallecimiento de la ministra y destaca su trayectoria.

Las instituciones públicas como la Fiscalía, el Ministerio de la Defensa Pública y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados también lamentaron su partida.

Más detalles: Ministra Gladys Bareiro de Módica está en grave estado

Bareiro de Módica fue integrante de la Sala Constitucional, superintendenta de las Circunscripciones de Alto Paraná e Itapúa. También se desempeñó como responsable de la Dirección de Mediación y de la Propiedad Intelectual.

En el 2016, la ministra fue declarada inamovible del cargo por la Sala Constitucional.

Por esa razón, su función como magistrada se regía únicamente por el artículo 261 de la Constitución Nacional, que establece que los ministros solo podrán ser removidos por juicio político o cesarán en el cargo cumplida la edad de 75 años.

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