14 jul 2026

Congreso sanciona la ley Anita, para fortalecer donación de órganos

El Congreso sancionó este jueves el proyecto de ley conocido como Anita, al tener la aprobación de la Cámara de Diputados y del Senado. El documento, que apunta a potenciar la donación de órganos, ahora pasa a consideración del Ejecutivo.

ley anita

La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley Anita este jueves en sesión ordinaria.

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la modificación del proyecto de ley 1.246/98 “De trasplantes de órganos y tejidos anatómicos humanos”. La normativa es conocida como la ley Anita.

El proyecto de ley Anita tuvo un rápido trámite en ambas cámaras del Congreso. Los diputados lo aprobaron, por unanimidad, en su sesión ordinaria del miércoles. Mientras que los senadores hicieron lo propio este jueves, también con el acompañamiento de todos sus integrantes.

Sin embargo, en la Cámara Alta se escucharon algunas voces con mayor cautela con respecto a la normativa. Una de ellas fue la de la senadora del Partido Democrático Progresista (PDP), Desirée Masi.

La legisladora sugirió algunas modificaciones al proyecto como: la necesidad de dejar un manifiesto expreso ante el Instituto Nacional de Ablación y Trasplante (INAT) como una opción para las personas que quieran dejar su voluntad en contra de la donación.

También explicó que el acto de donación se trata de una cultura que se tiene que desarrollar. “No hay que decir que ahora va haber mucha donación, esto es un proceso. No hay que crear falsas expectativas porque esto se crea con una cultura de trasplante”, dijo.

Lea también: ¿En qué consiste el proyecto de ley Anita?

Jorge Querey, del Frente Guasu, dijo que nunca encontrarán una única opinión sobre el tema, pero destacó la importancia de la aprobación del proyecto, teniendo en cuenta que será un beneficio para las personas que están en la lista de espera de un donante.

Los parlamentarios Salyn Buzarquis y Enrique Bacchetta también expresaron su apoyo al proyecto y dijeron que con la ley se dará oportunidad a mucha gente que está esperando.

Tras la sanción en el Congreso, este documento, que busca modificar varios artículos de la Ley de donación de órganos, pasa a consideración del presidente de la República, Mario Abdo Benítez.

Esta causa simboliza un poco el espíritu de unidad de nuestro pueblo”, expresó en su momento el mandatario con relación a este proyecto de ley. Además, aseguró que la normativa sería promulgada si se sancionaba en el Poder Legislativo, como finalmente ocurrió.

La iniciativa busca determinar la inscripción automática de los mayores de 18 años como donantes de órganos, salvo expresa constancia de su negativa.

Lea más: Ley Anita: “Nadie va a ser obligado a absolutamente nada”, dice ministro de Salud

El proyecto

El artículo 17 del documento dice que: “Toda persona capaz, mayor de 18 años, podrá manifestar su oposición, ante escribano público, en el Instituto Nacional de Ablación y Trasplante (INAT), o en las instituciones o locales que este habilite al efecto, para que después de ser confirmada su muerte cerebral, se proceda a la ablación de órganos y tejidos de su cuerpo, para ser trasplantados en otros seres humanos vivos o con fines de estudio e investigación científica”.

Así también, el proyecto señala que el escribano público y las instituciones o locales afectados deberán informar al INAT de la oposición dentro del plazo de 48 horas de realizado el trámite.

En el artículo 14 se establece que “El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, a través del Fondo Nacional de Salud, del Fondo Nacional de Recursos Solidarios para la Salud, del Fondo Solidario de Trasplantes y de los recursos establecidos en el Presupuesto General de Gastos de la Nación, gestionará los recursos pertinentes para cada caso y establecerá los mecanismos para la transferencia al sector público”.

De igual manera, se estipula que dichos recursos asignados se calcularán con base en las metas de resultados anuales y deberán contemplar de manera especial los recursos destinados para los procedimientos relacionados con la ablación y trasplante, seguimiento de los pacientes trasplantados, entre otros gastos relacionados, establecidos por el INAT.

Mientras que el artículo 18 refiere que las personas que no quieran ser donantes podrán dejar plasmada su oposición ante la Dirección de Identificaciones, en ocasión de gestionar su documento de identidad, y ante la Municipalidad, al solicitar el registro de conducir.

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