11 jul 2026

Víctima y Procuraduría apelaron indemnización dispuesta por error judicial

Tanto la accionante Lucía Sandoval como la Procuraduría General de la República apelaron la resolución dictada por la jueza en lo Civil, Liz Carina Caballero, que hizo lugar a una demanda por indemnización de daños y perjuicios por error judicial por la suma de G. 616 millones en contra del Estado. Esto, según informaron fuentes de la representación estatal.

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Apeló. Lucía Sandoval y su entonces abogado defensor, Jorge Bogarín, durante una conferencia de prensa.

Foto. Archivo.

De esta manera, ninguna de las partes estuvo de acuerdo con la resolución que concedió la indemnización a favor de Lucía Sandoval Escobar, quien pasó 3 años, 6 meses y 20 días presa, al ser acusada de matar a su esposo, y luego absuelta.

Es que la accionante había solicitado en su demanda la suma de G. 2.958 millones al Estado paraguayo, pero la jueza concedió solamente la suma de G. 616 millones; es decir, G. 2.342 millones menos de lo que requirió en su acción que promovió el 22 de julio del 2019.

Por su parte, la Procuraduría, entonces a cargo del abogado Sergio Coscia, había pedido el rechazo de la acción porque el motivo de la absolución de la demandante fue la duda razonable, y que con ello, no se pudo descartar ni acreditar con certeza la autoría o participación de Lucia Sandoval Escobar en los hechos que se le atribuyeron.

De esta manera, un Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, deberá estudiar la resolución dictada por la magistrada Caballero, que había hecho lugar al pedido, concediendo la citada suma de dinero.

Lea más: Jueza concede G. 616 millones por error judicial a mujer que pasó más de 3 años presa

Una vez que llegue el expediente al Tribunal, tras admitirse los recursos, recién ahí, tanto la Procuraduría como los representantes de Lucía Sandoval van a expresar agravios, es decir, señalarán los cuestionamientos respecto al fallo.

La acción

Lucía Sandoval había pedido la indemnización en concepto daño directo, daño emergente, lucro cesante, pérdida de chance, daño moral y psicológico, tras ser acusada de homicidio doloso en perjuicio de su esposo, por lo que estuvo presa 3 años, 6 meses y 20 días, según la acción.

En el caso, la demandante estuvo privada de su libertad desde la madrugada del 7 de febrero del 2011, cuando ocurrieron los hechos, hasta el 27 de agosto del 2014, cuando fue absuelta por duda, por el Tribunal de Sentencia.

En la causa, Sandoval fue juzgada por matar a su esposo, Huber Martínez Villasboa, a quien en reiteradas ocasiones denunció por violencia doméstica.

Según se probó, pese a la orden de alejamiento, el marido fue hasta la vivienda y, en medio de la pelea, recibió un disparo del arma de fuego que él llevó, lo que le causó la muerte.

En su argumentación, la jueza había indicado que si bien el Tribunal decidió la absolución de la accionante por duda, dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal, esta normativa establece que en caso de duda los jueces decidirán siempre lo que sea más favorable para el imputado.

Con ello, sostuvo la jueza que “el punto relevante es que la falta de condena hace que una persona sea inocente”.

De esta manera, la magistrada indicó que “al no haber condena, el estado de inocencia adquiere relevancia y no puede la persona absuelta ser discriminada por la forma en que se dictó el fallo penal ( no corresponde distinguir entre la absolución por duda e inocencia plena)”.

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