En un comunicado publicado por la red social X, el abogado Óscar Tuma señaló que accionará contra la resolución del Tribunal de Apelación Penal Especializado, que ratificó su sanción, pero le redujo a 30 jornales mínimos, por sus publicaciones en las redes sociales.
Según explica, mañana presentará una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte en contra del Auto interlocutorio Nº 499/2024, dictado por el juez de Crimen Organizado, Osmar Legal, y el Auto interlocutorio Nº 87/2025, dictado por el Tribunal de Apelación Penal Especializado.
Refiere que mediante las citadas resoluciones se le declaró “injustamente litigante de mala fe” y se le impuso “una multa de 30 días-multa (G 3.200.000)”.
Indica que considera inconstitucional los fallos, porque hay una violación al derecho a la defensa y al debido proceso (arts. 16 y 17 de la Constitución Nacional). Esto, debido a que “el tribunal reprochó hechos nuevos durante la audiencia sin previa notificación, impidiendo ejercer efectivamente el derecho de defensa”.
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Sostiene que existe un atentado contra la libertad de expresión (art. 26 de la Constitución Nacional y art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), porque “la sanción se fundamenta en críticas estrictamente profesionales sobre la causa del diputado Eulalio Gomes, expresadas públicamente en redes sociales y medios de comunicación. La crítica legítima nunca debe ser motivo de sanción disciplinaria”.
Además, habla de la vulneración de la presunción de inocencia (art. 18 de la Constitución Nacional) porque “el tribunal calificó arbitrariamente mis expresiones como ‘injuria típica’ sin que exista una causa penal abierta, investigación previa o condena firme”.
📢 COMUNICADO | Acción de Inconstitucionalidad ante la Corte Suprema
— Oscar Tuma (@oscartuma) July 3, 2025
Mañana presentaremos una Acción de Inconstitucionalidad contra los Autos Interlocutorios N.º 499/2024 (dictado por el Juzgado Penal de Garantías) y N.º 87/2025 (dictado por el Tribunal de Apelación), mediante…
También dice que existe limitación indebida del derecho de petición y defensa técnica, por “penalizar el ejercicio legítimo de recusaciones busca neutralizar injustamente la labor profesional y legítima de la defensa técnica”.
Remarca que solicitará a la Sala Constitucional que declare la nulidad de ambas resoluciones y suspenda provisionalmente sus efectos hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
“La abogacía y la ciudadanía merecen un Poder Judicial que respete las garantías constitucionales, tolere la crítica constructiva y permita un debate jurídico abierto y transparente”, afirma.
Finalmente, señala: “Expresamos nuestro profundo agradecimiento a los colegas abogados, jueces y ex jueces que manifestaron públicamente su solidaridad y apoyo frente a esta situación. ¡La Justicia se fortalece con argumentos y garantías, no con sanciones disciplinarias arbitrarias!”, sostuvo.
El juez de Crimen Organizado, Osmar Legal, le había declarado litigante de mala fe en diciembre del año pasado por las recusaciones que planteó y multado por sus publicaciones en redes sociales.
Después, el Tribunal de Apelación Especializado, integrado por las camaristas Claudia Criscioni, Silvana Luraghi y Andrea Vera, redujo la sanción.