20 sept 2026

Sobreseen a no vidente a quien le falsificaron la firma para desviar recaudaciones

Tras probarse que falsificaron su firma en documentos para el desvío de recaudaciones en la Administración Nacional de Navegación y Puertos, a más de ser una persona no vidente, a pedido fiscal, el juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, dictó el sobreseimiento definitivo de Fermín César Alberto Benegas Núñez, quien fue procesado por supuesta exacción.

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Resolución. El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú dictó el sobreseimiento definitivo.

Foto. Archivo.

En principio, Benegas Núñez había sido imputado en la investigación relacionada a presuntos desvíos de tasas portuarias en perjuicio de la Administración Nacional de Navegación y Puertos en las terminales portuarias de Pedro Juan Caballero y Villeta.

La fiscala Belinda Bobadilla solicitó el sobreseimiento definitivo del procesado Benegas Núñez por la duda insuperable sobre su participación, así como de la falta de elementos probatorios para sostener una acusación en su contra.

Benegas, según se había señalado al principio del proceso, en su condición de Encargado General de Caja en compañía de las personas involucradas, presumiblemente habría participado en la alteración y manipulación de las planillas de recaudación y facturas entre 2017 y 2018.

Esto había derivado en un faltante de sumas de dinero en concepto de ingresos por tasas portuarias, causando con ello un perjuicio patrimonial a la Administración Nacional de Navegación y Puertos en las terminales portuarias de Pedro Juan Caballero y Villeta.

Sin embargo, en la investigación, se realizaron las pericias caligráficas por parte de la Lic. Blanca Ortiz, que determinó que las firmas que están en las planillas de recaudación de cajas y en las facturas, no corresponden al procesado Fermín Benegas.

Además, la pericia señala que las firmas falsas fueron comparadas con la caligrafía de la coprocesada Noelia Calonga González y señalan que corresponde a dicha persona.

Ante tales circunstancias, el juez señala que “las diligencias investigativas practicadas permiten determinar que las firmas estampadas en los diversos documentos atribuidos al procesado no corresponden a su puño y letra, habiendo sido utilizadas por terceros para otorgar una apariencia de legalidad a los actos de recaudación realizados durante su gestión formal”.

“A dicho hallazgo pericial se suma la condición de discapacidad visual expedido por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las personas con Discapacidad (SENADIS), circunstancias que impiden a este Juzgado atribuir y determinar fehacientemente la participación material de los hechos investigados en la presente causa”, indica el juez.

Con ello, dice el magistrado, corresponde hacer lugar al sobreseimiento definitivo solicitado por el Ministerio Público. Se declara la extinción de la acción penal y el levantamiento de las medidas cautelares.

La denuncia había sido presentada por Ramón Retamozo, entonces director de la Administración Nacional de Navegación y Puertos, por el desvío de las recaudaciones de esa entidad, lo que fue investigado por la Fiscalía.

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