Con el argumento de que el hábeas corpus no es la vía para modificar medidas cautelares dictadas en un proceso penal, la magistrada contra el Crimen Organizado, Lici Sánchez, rechazó in límine (sin estudiar el fondo de la cuestión) la garantía constitucional presentada a favor de su colega de Sentencia, Amado Arsenio Yuruhan Díaz.
El pedido fue planteado por el abogado Efraín Lozano, en representación del magistrado que está actualmente recluido.
Según dice la acción, “la prisión preventiva es ilegítima y arbitraria, dictada por el Juzgado Penal de Garantías y el Tribunal de Alzada de la ciudad de Filadelfia de la Circunscripción Judicial de Boquerón, en el marco de una causa penal que se le sigue al citado por la supuesta comisión del hecho punible de acoso sexual”.
El profesional destacó que el afectado es abogado, con arraigo en Filadelfia y suspendido en su función, lo que agrava el impacto de la prisión preventiva.
La defensa argumentó que las “resoluciones judiciales que ordenan y mantienen la prisión preventiva carecen de fundamentación suficiente, exageran el peligro de fuga y obstrucción y no consideran medidas alternativas menos gravosas, violando la presunción de inocencia y el principio de mínima intervención”.
Sostiene que la medida “es desproporcionada, que no corresponde prisión preventiva para un hecho de baja expectativa de pena, y que la condición de ex magistrado del procesado pone en riesgo su seguridad personal en el lugar de detención”.
El abogado solicitó la nulidad de las resoluciones que mantienen la prisión preventiva del encausado y solicitó su inmediata libertad.
La resolución
Ya en su análisis, la jueza refiere que Amado Yuruhan está recluido por una orden judicial dispuesta por autoridad competente, pues la prisión preventiva fue dictada en el marco de una causa penal abierta, que incluso fue confirmado por el Tribunal de Apelación de la jurisdicción.
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Con ello, dice que ante la inexistencia de hechos y circunstancias que ameriten la intervención del juez por vía del hábeas corpus reparador, la petición debe ser rechazada.
Es más, apunta que la garantía constitucional no puede ser usada para anular resoluciones judiciales dictadas por juzgados o tribunales de Apelación competentes.
De esta manera, el juez Yuruhan Díaz seguirá privado de su libertad en la Agrupación Especializada.
El magistrado Yuruhan está acusado por presunto acoso sexual por el fiscal Andrés Arriola. El hecho habría ocurrido el 17 de octubre de 2022, en su despacho de la sede judicial de Boquerón.
El juez del caso debe fijar fecha para la audiencia preliminar en la que deberá revisar la acusación del Ministerio Público, que solicita elevar el caso a juicio oral.