Los 3 años de cárcel impuestos al ex rector de la Universidad Nacional de Asunción, Froilán Peralta, por lesión de confianza, deberán ser cumplidos, al igual que la pena de 3 años y medio para la coprocesada María del Carmen Martínez, conocida en su momento como la “comepapeles”.
Esto, en el caso conocido como #UNAnotecalles, donde hallaron culpable al mismo de un perjuicio patrimonial de G. 1.154.401.733, contra la alta casa de estudios.
La Sala Penal rechazó la aclaratoria del abogado Leonardo Colina Brítez, defensor del ex rector, contra el acuerdo y sentencia 191 del 2 de junio pasado, por el cual los ministros declararon inadmisibles los recursos de casación presentados por Peralta y por Martínez, con lo que se confirmaban las condenas.
Fue fallo unánime de los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Dejesús Ramírez Candia, quienes rechazaron la aclaratoria.
“Se observa que el peticionante pretende un nuevo examen de cuestiones que ya fueron resueltas en el recurso extraordinario de casación, como lo referente a los fundamentos por los cuales se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto”, argumentaron.
Añade que “verificado que el Acuerdo y Sentencia, objeto de aclaratoria, no guarda silencio acerca de alguna cuestión que debió ser materia de pronunciamiento, ni tiene expresiones que merezcan ser aclaradas”.
En el caso de Peralta, fue hallado culpable de lesión de confianza en agosto de 2022, por lo que fue condenado a 3 años de pena privativa de libertad.
María del Carmen Martínez, conocida como la Comepapeles, fue declarada culpable por estafa. Se constató que se quedó con parte de los salarios de Umelio González y Enrique Cuevas, según los jueces. Fue condenada a 3 años y medio de prisión.
Sin embargo, el Tribunal de Sentencia, que estuvo presidido por la jueza Victoria Ortiz e integrado por Pedro Nazer y Rilsy Ortiz, entendió que el delito de inducción a un subordinado a un hecho punible, ya estaba prescripto.
Asimismo, con relación a María del Carmen Martínez Méndez, la misma fue sobreseída por el hecho punible de apropiación.
Con la resolución de la Corte, finalmente queda firme la resolución, por lo que deberá ser remitido hasta el juez de Ejecución, a los efectos de que se cumpla con la condena impuesta al ex rector de la UNA.
De la sanción aplicada por los jueces, se debe descontar el tiempo en que Peralta y Martínez estuvieron con prisión preventiva, o con arresto domiciliario.