En mayoría, el Tribunal de Apelación Especializado declaró la prescripción de la causa y ordenó el sobreseimiento definitivo de Ignacio Luis Ortigoza Samudio, acusado por supuesta tentativa de estafa.
El caso tiene relación con el presunto intento de venta de una parte del predio del aeropuerto de Capitán Bado, departamento del Amambay.
Fue voto dividido de los camaristas Jesús María Riera, Camilo Torres y Paublino Escobar Garay, quienes revocaron la resolución dictada por la jueza de Garantías, Clara Ruiz Díaz, el pasado 9 de setiembre del 2025.
Por la citada resolución, la magistrada había dispuesto elevar a juicio oral el caso contra Ortigoza, por la presunta tentativa de estafa.
Además, había rechazado la excepción de falta de competencia, de prescripción de la causa, de falta de acción, y el pedido de sobreseimiento definitivo.
El fallo señala que el plazo para la prescripción del hecho empezó a correr desde la finalización de la conducta, es decir, desde el 9 de agosto del 2013, cuando supuestamente adjudicaron un lote que al final resultó que era predio del citado aeropuerto.
Lea más: Conceden medidas a ex titular del Indert que estuvo prófugo 6 años
Refiere que el plazo de prescripción respecto al hecho punible investigado quedó fijado en 5 años, que es la pena por estafa, efectivamente se cumplió el plazo y debe ser declarada la prescripción, independientemente de todas las interrupciones que se dieron dentro del procedimiento.
La defensa había argumentado que “la prescripción en este caso, son de 10 años, teniendo en cuenta que el hecho punible de estafa tiene una expectativa de pena de hasta 5 años, y considerando que el hecho se produjo entre los meses de julio/agosto del 2013, se tendría que el doble del plazo inicialmente se daría en julio/agosto del 2023”.
Añade que, sin embargo, “considerando el doble efecto de la rebeldía que interrumpe y suspende los plazos de prescripción, tiempo en que el acusado se sustrajo de la persecución penal, más la recusación planteada de forma reciente, se tiene que el doble del plazo se debería de cumplir mínimamente en el año 2029”.
Tras contabilizar el plazo, dice el camarista Jesús Riera que la prescripción se dio el 9 de agosto del 2023, por lo que no hacía falta estudiar los otros agravios, ya que eran innecesarios. Su colega Camilo Torres se adhirió al voto.
Por su parte, el magistrado Escobar hizo un recuento de todos los plazos, y votó por ratificar la elevación a juicio oral y público contra Ortigoza.