A pedido de los agentes fiscales Jorge Arce Rolandi, Silvio Corbeta y Marlene González, el juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia concedió el beneficio procesal a la imputada María Digna Méndez Escobar.
Esta es una de las propietarias de la empresa MYF Industrial y Comercial Representaciones SA. La firma de la mujer debía proveer los detergentes de oro a la Municipalidad de Asunción.
Para ser beneficiada, Méndez reconoció los hechos atribuidos y aceptó su participación en la causa en la que está acusado el ex intendente Óscar Nenecho Rodríguez.
La mujer firmó un contrato con la Municipalidad en el 2021 a fin de proveer insumos en la época de la pandemia, que de acuerdo al pliego o a las especificaciones técnicas, en principio debían de ser insumos franceses detergentes.
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La empresa debía proveer desinfectantes y también desodorantes de la marca Alka-DDS, toallitas desinfectantes de la marca Septalkan y detergentes desinfectantes en pulverizador sin alcohol de la marca también Septalkan.
Sin embargo, desde un principio y en el momento de prestar su declaración indagatoria, manifestó que en ningún momento proveyó productos de esta marca. Sí proveyó productos, pero de otro tipo de marcas comerciales, conforme señaló.
En su declaración remarcó que el monto de lo que ella proveyó ascendía a unos G. 151.900.000, aunque no de la marca que figuraba en el contrato. Esta circunstancia fue advertida por la procesada desde un principio a las autoridades municipales y con pleno conocimiento de las ellas, es que envío los productos.
Ante esta situación, los agentes fiscales solicitaron la suspensión condicional del procedimiento, teniendo en cuenta la admisión de los hechos y la voluntad de reparar el daño social.
El beneficio procesal
Tras el análisis del magistrado, finalmente, concedió la petición. El caso fue caratulado como lesión de confianza y asociación criminal, conforme con la resolución.
De esta manera, la mujer devolverá G. 151.900.000 a la Municipalidad de Asunción, como reparación del daño particular, en 24 cuotas de G. 6.329.167.
Además de la devolución mencionada, realizará una donación de G. 13.500.000 como reparación del daño social. Esto será depositado en un solo pago en la Secretaría del Juzgado, a ser destinado al tratamiento odontológico de una persona diagnosticada con cáncer de mama, a los efectos del costeo de su tratamiento.
Igualmente, la mujer debe comunicar el cambio de domicilio al Juzgado de Ejecución, además de la salida del país. También tiene la obligación de comparecer en forma trimestral al Juzgado de Ejecución Penal.
Finalmente, se dejan sin efecto las medidas cautelares en contra de la mujer, respecto a la citada causa. Es el tercer pedido de suspensión aceptado en la causa.