20 jul 2026

Niegan rebaja de pena a feminicida que arrojó a su pareja

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Preso. Feminicida debe cumplir su pena de encierro.

Foto: Ilustrativa.

La Sala Penal de la Corte rechazó el recurso de revisión de la pena de un feminicida condenado a 22 años de cárcel. Se trata de Matías Alejandro Augusto Áñez Marecos, que fue condenado por matar a su concubina al arrojarla desde el piso 8 del edificio donde residían en el año 2017, en pleno centro de Ciudad del Este, en el Alto Paraná.

Fue decisión unánime de los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, quienes declararon inadmisible el recurso de revisión promovido por el abogado Joel Aguilera Miño, en representación del condenado.

La defensa había planteado revisar la sentencia dictada en juicio oral el 2 de agosto de 2019, por los jueces Óscar Gabriel Genez, Lourdes Morínigo y Evangelina Villalba, quienes lo condenaron a 22 años de prisión.

Además, atacan el acuerdo y sentencia del 16 de octubre de 2020, dictado por el Tribunal de Apelación, Primera Sala, integrada por los camaristas Mirian Brítez Aguilar, Marta Acosta Insfrán y Raúl Insaurralde, que ratificaron el fallo, además del acuerdo y sentencia del 30 de setiembre de 2025 de la Sala Penal de la Corte, que declaró inadmisible la casación.

El crimen ocurrió el 3 de diciembre del 2017, entre las 19:30 y 20:00, en el edificio Yukyry, ubicado en la avenida Adrián Jara y Pampliega del centro de Ciudad del Este. El abogado Matías Augusto Áñez estaba en compañía de su concubina Alba Gabriela Dávalos Cáceres en el departamento D, cuando iniciaron una discusión y forcejeo.

Se probó en el juicio oral que, en un momento dado, el hombre arrojó a su pareja desde el octavo piso y ocurrió la caída de la mujer desde el balcón de la planta gastronómica del referido complejo, por lo que sufrió múltiples lesiones que le causaron la muerte.

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