El juicio oral y público de Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo por fin tuvo final. Tras un largo día de espera, ya que en principio la sentencia debía darse a las 14:00 de este viernes, se aplazó hasta las 16:00 y luego hasta las 18:00, finalmente se dio el dictamen del Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, presidido por la jueza Claudia Criscioni e integrado por Yolanda Morel y Yolanda Portillo.
Ramón González Daher, hermano del senador fallecido Óscar González Daher, fue sentenciado a 15 años de prisión por usura, lavado de dinero y declaración falsa, mientras que Fernando González Karjallo a 5 años, por el hecho punible de lavado de dinero. Se solicitó la prisión preventiva para ambos acusados.
Con relación al comiso, se estableció más de G. 240.554 millones, donde se consideró desde el 2013 al 2019, pero según el Tribunal “no se puede ir más allá por una cuestión probatoria”. Mientras tanto, se dispuso el comiso especial en dólares de 11.711.977 millones.
Lo más llamativo del juicio fue que la magistrada Claudia Criscioni pidió perdón a todas las personas que fueron víctimas del clan González Daher y hasta del sistema judicial.
“Realmente esperamos que en este país no vuelva a ocurrir este tipo de casos. Esto no debería de haber ocurrido en un Estado de Derecho. En nombre de este Tribunal, les pedimos disculpas por lo que el sistema de Justicia les hizo”, agregó la jueza, añadiendo que se remitieron los antecedentes de los fiscales y jueces intervinientes en el caso para la investigación correspondiente de cada uno de ellos.
Finalmente, la lectura oficial de la sentencia será realizada el próximo viernes 17 de diciembre a las 18:00.
Como fundamentos o justificaciones, en el juicio se han valorado contratos celebrados por el acusado Ramón González Daher, además de las evidencias descritas por la Fiscalía, de acuerdo con lo señalado por la magistrada Claudia Criscioni.
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“¿A qué se dedicó esta persona toda la vida?”, se preguntó la jueza que presidió la sentencia, teniendo en cuenta que se encontraron alrededor de 4.700 cheques en poder de Ramón González Daher, que datan incluso del 90.
Asimismo, el Tribunal aseguró que tiene la certeza de que unas 156 personas ingresaron cheques en las cuentas de Ramón González Daher, así como también se ha probado la participación como coautor de González Karjallo, quien actuaba como testaferro.
En ese sentido, Criscioni indicó que la causa se corresponde con el hecho punible contra el patrimonio de las 156 personas afectadas, que se encuentran en las carpetas fiscales, por lo que fueron 156 violaciones de la ley, remarcó.
Con relación a las denuncias y mediante un análisis sobre los cheques depositados en las cuentas y el dinero librado, el monto final que no puede ser justificado por Ramón González, es de G. 1.194.134.445.361, relacionados a operaciones realizadas entre 2014 a 2019.
No obstante, el Tribunal no solo consideró el perjuicio patrimonial de las víctimas, sino el daño ocasionado a las mismas, el tiempo que perdieron en el proceso, por las calumnias que atravesaron y todo lo que han padecido.
“Vimos los perjuicios que tienen que ver con relación al tipo penal de calumnia, por las personas que fueron acusadas de estafas y consideramos cómo esto afecta no solo a su economía, sino en su vida diaria”, acotó la magistrada.
El juicio para el clan González Daher se inició el pasado 11 de octubre, desde donde quedó acreditado que la fortuna amasada por Ramón González Daher y su hijo “provinieron de los préstamos que otorgaron y no de la renta de inmuebles”, tal como lo declaraban ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) y las entidades bancarias donde contaba con cuentas corrientes.
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Por otra parte, la abogada Doria también solicitó la investigación a la esposa del empresario luqueño, Delcia Karjallo de González, siendo ella parte activa de las cuentas bancarias de los acusados y teniendo conocimiento de todos los movimientos bancarios.
Finalmente, se concluyó que Ramón González Daher se dedicaba a la concesión de préstamos a terceras personas con intereses mayores a lo establecido legalmente, aprovechándose de la necesidad de sus víctimas, solicitando garantías desproporcionadas y utilizando para dichos fines cheques y otros documentos de pago, que luego fueron introducidos al sistema financiero, siendo esta la principal actividad comercial de los acusados.