10 sept. 2025

Justicia interviene Centro Educativo y separa del cargo al director

La ministra de Justicia, Cecilia Pérez, dispuso este viernes la intervención del Centro Educativo para Adolescentes Infractores de Pedro Juan Caballero, en Amambay, y separó del cargo de director a Alcides Valenzuela Rivas mientras dure el proceso.

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Un adolescente de 14 años se fugó este jueves del Centro Educativo para Adolescentes Infractores de Pedro Juan Caballero, en el Departamento de Amambay.

Foto: Marciano Candia.

A través de la Resolución N° 464, el Ministerio de Justicia resolvió intervenir el Centro Educativo para Adolescentes Infractores de Pedro Juan Caballero, tras la fuga de un adolescente de 14 años, registrado en la tarde de este jueves.

Durante la intervención se realizarán evaluaciones, monitoreo sobre la operatividad, asignación de personal y todo lo relacionado al funcionamiento del lugar.

Lea más: Adolescente se fuga del Centro Educativo de Pedro Juan Caballero

Conforme a manifestaciones, el adolescente desertor estaba sin el acompañamiento de ningún educador de turno regando la huerta en las cercanías de la valla perimetral cortada, por donde logró evadirse.

Se designó como interventor a Francisco Benítez Escobar, quien deberá presentar informes periódicos y un informe final en un mes sobre la situación en que se encuentra la institución, informó el Ministerio de Justicia.

El Centro Educativo para Adolescentes Infractores alberga actualmente a 14 menores, queda a metros nada más de la Penitenciaría Regional de Pedro Juan Caballero, de donde el pasado 19 de enero se fugaron 76 reclusos, la mayoría integrantes del Primer Comando Capital (PCC).

Nota relacionada: Adolescentes se fugan del Centro Educativo de Pedro Juan Caballero

Los centros educativos dependientes del Ministerio de Justicia son lugares donde se encuentran adolescentes en conflicto con la ley y, por normas internacionales establecidas, el sistema de seguridad es diferente al de una penitenciaría.

Estos lugares no deben contar con muros perimetrales y los agentes educadores no pueden utilizar armas dentro del perímetro, mientras que fuera de él solo pueden emplear balines de goma.

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El nombre del adolescente se omite en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctima o supuesto autor de hechos punibles.

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