30 may. 2026

Juez ordena tutela jurisdiccional a favor de 651 internas del Comple

El juez de Ejecución de Cordillera, Juan Bautista Silva, dispuso de oficio la tutela jurisdiccional de carácter general a favor de las 651 mujeres privadas de libertad recluidas en el Complejo Penitenciario para Mujeres de Emboscada, conocido como COMPLE, porque no cumplen con las condiciones de privación de libertad. Les intimó a cumplirlas en 22 días hábiles.

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No cumple requisitos. El juez de Ejecución de Cordillera ordenó una tutela jurisdiccional para las internas que están en el Comple.

Foto: Ministerio de Justicia.

El magistrado cordillerano realizó un recorrido por el complejo, y determinó que existen varias falencias, que deben ser subsanadas en un plazo de 22 días hábiles por el Ministerio de Justicia, en favor de las citadas internas del COMPLE.

Según la resolución, se deben cumplir con los derechos para personas privadas de libertad establecidos en la Constitución Nacional, en los tratados ratificados por el Paraguay y en el Código de Ejecución Penal.

Todas estas insuficiencias deberán ser subsanadas en el citado plazo, bajo apercibimiento de ley, plazo posterior al cual el Juzgado se constituirá para verificar el cumplimiento de la resolución.

En su fallo, el juez señaló que en el control del régimen penitenciario realizado el 17 de octubre de 2025, examinó los documentos requeridos a la directora del Penal COMPLE Nilce Judyd Franco y al Viceministro de Política Criminal Rubén Maciel Guerreño.

Remarcó que entre los documentos estaban los planos de la estructura del penal con la respectiva división de módulos entre pabellones de procesadas y condenadas, como así también los reglamentos y protocolos internos sobre el régimen de disciplina, seguridad, perfiles de asignación de módulos, los lugares establecidos para la cocina, el comedor, área de sanidad, audiencias telemáticas, el taller de actividades laborales con miras a reinserción entre otros.

Indica que recorrió las instalaciones del COMPLE, donde se verificó que los pabellones se encuentran separados para procesadas y para condenadas, tal como lo establece la Carta Magna y el Código de Ejecución Penal sobre separación de internos.

Después, dice que en el acceso principal al penal se observó que profesionales del derecho de manera normal ingresaron al COMPLE para ejercer su representación encontrándose habilitada una sala para abogados.

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Posteriormente, explica que fue controlado el área de servicios generales (celdas, cocina, lavandería panadería e intendencia y otros) donde notó las insuficiencias.

“Se verificó la falta de ventiladores en los pabellones, la necesidad de garantizar la provisión adecuada de alimentos para todas las internas, debiendo mejorarse y ser potenciada la logística en todos los módulos, en cuanto a las instalaciones es preciso optimizar la presión de agua en los baños de las celdas, también se observó la necesidad de que las autoridades del penal informen de manera clara a las privadas de libertad sobre sus derechos, los reglamentos y protocolos internos, así como la estructura y la asignación del perfil de cada MPL de acuerdo a su módulo”, apunta.

“Igualmente comunicar sobre el régimen de disciplina, recompensas y el procedimiento de agendamiento para las visitas de familiares”, remarca el magistrado.

Con ello, dice que por la urgencia en la solución de las situaciones observadas, en atención a las atribuciones establecidas en la Constitución Nacional y en especial a lo dispuesto en el Código de Ejecución Penal dispuso de oficio la tutela jurisdiccional a favor de las 651 internas del COMPLE para que en el plazo de 22 días hábiles sean subsanadas las insuficiencias constatadas.

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