09 jun. 2026

Juez de Ejecución rechaza salidas transitorias para el hijo de RGD

Fernando Ramón González Karjallo, hijo de Ramón Mario González Daher, no tendrá salidas transitorias del penal. Esto, porque la jueza de Ejecución Penal Sandra Kirchhofer no hizo lugar al pedido de la defensa para tener este beneficio. Cumple una pena de 5 años de cárcel por lavado de dinero.

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Sin salidas. Fernando González Karjallo, hijo de Ramón González Daher, condenado a 5 años de cárcel.

Foto. Archivo.

La magistrada sostiene que, si bien cumplió con la mitad de la pena, no reúne los requisitos exigidos, además de tener otras dos causas abiertas; en una de ellas, acusación con pedido de juicio oral y la segunda con sobreseimiento provisional.

González Karjallo había sido condenado a 5 años de cárcel en juicio oral, el 17 de diciembre del 2021, por el Tribunal Especializado en Delitos Económicos. En la misma sentencia se había condenado a 15 años de cárcel a su padre, Ramón Mario González Daher.

La defensa encabezada por la abogada Raquel Talavera que estuvo ante la jueza y su colega Erich Ratzlaff, que acompañó a González Karjallo desde el penal, solicitó el beneficio de salidas transitorias, ya que cumplió la mitad de la pena.

Además, sostuvo que se encuentra en el periodo de prueba, tiene buena conducta y realiza actividad laboral en la Unidad Penitenciaria Industrial Esperanza. Las salidas se harían a su vivienda junto con su esposa y sus tres hijos.

El condenado refirió a la jueza: “Sí, estoy de acuerdo con todo lo manifestado por mi abogada, quiero aprovechar S.S. Tras estos años, aprendí muchas cosas en la penitenciaría y creo que di de mí en todo este tiempo y lo demuestran los informes de buena conducta y también mis informes psicológicos”.

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Refirió que dentro del penal tuvo cursos de electricista domiciliario, artesano de forrado en cuero, barbería profesional, elaboración de productos de aseo para el hogar, cocina para eventos, cocina básica, elaboración de alimentos a base de soja, curso de contabilidad básica y este último, que es de la granja avícola (gallinas ponedoras).

Remarcó que cuenta con el respaldo de su familia: “Tengo tres hijos que me están esperando de 4, 9 y 11 años, a la vez el respaldo de mi señora y mi madre, que es una señora de edad que realmente se siente muy preocupada por su único hijo; por eso creo que estoy listo para la reinserción social y con mis salidas transitorias, a la vez le pido una oportunidad sometiéndome a todo lo que me imponga el Juzgado que, en realidad, mis verdaderas garantías son mis tres hijos menores”.

Por su parte, la Fiscalía y la querella se opusieron, ya que no se cumplían los requisitos para que se le concediera la petición.

Resolución de la jueza

En los informes que recibió la jueza Sandra Kirchhofer se menciona que tenía una falta grave, un reporte del director del Penal de Coronel Oviedo, que confirmó que el 23 de enero de 2025 se realizó una requisa en la celda de Ramón González Daher y Fernando González Karjallo. Durante el procedimiento se hallaron teléfonos celulares, chips de diversas compañías y bebidas alcohólicas en poder de los citados internos. Además, tras el sumario administrativo, se dispuso el traslado de ambos a otro centro penitenciario por la comisión de infracciones graves.

Asimismo, se tuvo el informe de la psicóloga forense licenciada Blasia Giménez de Sanabria, quien refiere, entre otros puntos, que González Karjallo en cuanto al delito que se le atribuye, “manifiesta que él era solo administrador de su empresa y que no sabía que era el lavado de dinero y que ahora lo aprendió”.

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Al final, la jueza señala que del análisis integral de las constancias se desprende que González Karjallo registra causas penales abiertas en trámite ante los órganos jurisdiccionales competentes, las cuales no constituyen un dato neutro e indiferente, sino un indicador objetivo de persistencia de conflictividad con el orden jurídico penal y un parámetro negativo respecto a la evolución favorable en el tratamiento penitenciario.

Asimismo, apunta que existen factores de riesgo procesal, en tanto la eventual concesión del régimen de salidas transitorias podría comprometer el adecuado sometimiento o sujeción del interno a los procesos en curso y el normal desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional.

Con ello, finalmente, además de indicar que no cumplió con otros requisitos, rechazó las salidas transitorias y ordenó que González Karjallo realice tratamiento psicológico cada 15 días durante cuatro meses y exhortó al organismo técnico penitenciario a cumplir estrictamente con la normativa vigente.

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