Por fallo unánime de los ministros María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, se declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa de Vidal Cibils Núñez, acusado de supuesto abuso sexual en personas indefensas.
En el caso, a través del abogado Luis Alberto Jiménez, se recurrió el acuerdo y sentencia 2 del 25 de febrero de este año, dictado por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, del Alto Paraná, que anuló el segundo juicio oral, donde absolvieron de culpa y reproche al acusado.
En el caso, el 25 de junio del 2024, el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Diego Hernán Duarte, Margarita Martínez Palacios y Gloria Elizabeth Vera absolvió por segunda vez al acusado. La fiscala Carolina Rosa Gadea había solicitado 6 años de prisión.
El procesado Vidal Cibils Núñez ya fue juzgado por un Tribunal de Sentencia, con anterioridad y también había sido absuelto de culpa y pena. Sin embargo, la fiscala había recurrido el fallo y logró la anulación de la sentencia dictada en el juicio oral.
Según la acusación fiscal, los hechos ocurrieron el 9 de julio del 2013, en el kilómetro 21, del Distrito de Minga Guazú. La presunta víctima es una vecina del encausado que tiene capacidades diferentes. El hombre habría aprovechado el estado de indefensión de la mujer para someterla sexualmente.
De acuerdo con la apelación fiscal, Cibils Núñez habría preparado muy bien a los testigos de su defensa. De esta manera, todos coincidieron que el mismo no estaba en el lugar cuando se registró el hecho. Sin embargo, la fiscala dice que todos los testigos son sus empleados y dependen del mismo para seguir trabajando.
El recurso ante la Corte
En su recurso extraordinario de casación, el recurrente sostuvo que el Tribunal de Apelación Penal vulneró gravemente el principio de inmediatez, porque valoró pruebas, con lo que pide la nulidad del fallo y que se ratifique la absolución de culpa y reproche.
Tanto Carolina Llanes como Luis María Benítez Riera entendieron que la resolución del Tribunal de Apelación Penal, que dispuso el reenvío para un nuevo juicio oral, no pone fin al procedimiento, con lo que no puede ser objeto de casación. Con ello, votaron por declarar inadmisible el recurso.
Por su parte, el ministro Ramírez Candia, si bien entiende que sí se puede plantear recurso de casación contra el fallo, ya que es un acuerdo y sentencia del Tribunal de Apelación, igual vota por declararlo inadmisible.
Esto, argumenta el ministro, porque la defensa “no identifica en ningún momento cuáles fueron esas pruebas ni explica de manera concreta cómo se habría producido dicha vulneración de derechos”.
Añade que, posteriormente, el defensor se limita a realizar consideraciones generales sobre las funciones del Tribunal de Apelación, por lo que en esas condiciones, el escrito presentado por la defensa no cumple con los requisitos para su estudio. También vota por declararlo inadmisible.
Con ello, Vidal Cibils Nuñez, será sometido a un tercer juicio oral por el caso de abuso sexual en personas indefensas, luego de anularse los dos juicios anteriores.